Accidente Laboral

Hace unos años tuve un accidente Laboral por el cual quede paraplejico,
los primeros meses mientras estuve hospitalizado la mutua me pago
alguna dietas incluso la silla de ruedas aunque no estaba por la labor.
Después me dijo la trabajadora social que ya no les correspondía pagar
más. A lo largo de estos años otros accidentados que he conocido me
comentaron que las MUTUAS deben hacerse cargo tanto de material
Farmacéutico como Pañales,, Prótesis y cosas de Ortopediade o
adaptación de Vehículo o casa que no paga la S.Social cuanto necesite
DE POR VIDA, ya que se necesita continuamente y es un gasto que no
todos podemos sufragar. ¿Esto es así o solo pagan material ortopédico y
demás el primer año?
Le saludo atentamente.

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En tu situación la forma de procedr es la siguiente:
Al ser Accidente laboral, la empresa te debe haber abonado indemnización por ello. Por otro lado si ésta posee seguro de convenio (dependiendo del mismo) también debe hacerte por parte del mismo indemnización y, si ademas hay negligencia por parte de la empresa en el accidente se le puede reclamar a la empresa por ello.
Todo esto es posible, y de forma paralela la mutua debe prestarte la asistencia correspondiente con los limites correspondientes.
Una vez el tribunal medico te valore la situación te darán un grado de invalidez y lo que te quedará de por vida es la pensión que te hayan calculado por la misma. No existe por parte de la S.Social obligación a mantener los gastos que acarrea tu situación de invalidez.
En España aun no tenemos la mentalidad de complementar las prestaciones que ofrece el sistema de gobierno mediante los seguros privados, de accidentes, vida, jubilación, y planes de pensiones según la finalidad de los mismos, y ello a veces nos pone en situaciones complicadas.
Otra cosa en principio no puedes reclamar.
Ya me valoraron una Gran Invalidez, por lo que la S.Social se encarga de la asistencia medica principalmente y de muchos fármacos pero no todos y casi nada de la Ortopedia. Por ello sigo con la duda ¿Es la MUTUA la que ESTA OBLIGADA a procurarme la Asistencia Farmacéutica y Ortopédica de por vida, la cual No cubra la S. Social?
Saludos
Obligación de por vida no existe por parte de la Mutua ni de la S.Social a no ser que un Juez lo dictamine así.
Como te comentaba, la única obligación de por vida que la S.Social tiene es la de darte la pensión que te corresponda. Los gastos originados por tu estado de Gran Invalidez no son de obligado cumplimiento por ningún organismo a no ser que se pacte lo contrario.
La Mutua te abonará "SIEMPRE HASTA UN LIMITE" esos gastos pero en ningún caso, ni esta ni la S.Social se harán cargo de por vida de los gastos de tu lesión. Solo de lo que les corresponda y este incluido a tal efecto. Ya te digo que tienen limites.
No son seguros privados en los que tuvieras un capital contratado del que tirar y hacer frente a tu invalidez, en cuyo caso llegaría un momento en el que se agotaría ese capital también.
Mi consejo es que te enteres de que tipo de ayudas hay (si existen) a las que te puedes acoger, pero ya te digo que obligación por parte de estos organismos no hay ninguna.
Continuo a tu disposición.
Es lamentable que en un País desarrollado como el nuestro todavía los pobres accidentados tengamos que lamentar las negligencias de las empresas e injusticias de los Jueces que acaban de aruinarnos la viada. Conclusión, que tantas prevención laboral y derechos del trabajador, a la hora de la verdad no sirven de nada. Gracias por responder.
Saludos

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