Explosión horno

Se trata de el horno de una panadería, mi cuñado es vecino y la propietaria le pidió que la ayudase a poner una botella de cepsa, mientras la colocaba hubo un escape de gas y una deflagración, provocándole quemaduras de 2º grado y el ingreso durante 2 meses en un hospital publico. Ahora le llega una carta del servicio de cargos a terceros del hospital donde debe remitir el parte de accidente cursado a la compañía de seguros. Desconocemos si existe ese parte al igual que desconocemos si tiene algún seguro la panadería o si tiene contrato con cepsa.(La panadera propietaria también se quemó y sigue ingresada). ¿Es obligatoria la posesión de seguro de accidente o de responsabilidad civil a terceros en una panadería? En caso de carencia de esos seguros,¿se vería mi cuñado obligado al pago de los gastos de hospital? ¿Habría qué denunciar a la panadera o a la compañía cepsa?
Muchas gracias
Respuesta
1
La panadería, que yo sepa, no tiene obligatoriedad legal de tener un seguro de responsabilidad civil por sí mismo. Es decir, por su actividad no es exigible.
Otra cosa es que el Ayuntamiento donde esté se lo exija para ejercer la actividad. En ese caso, si es legalmente, bajo normativa municipal, obligatorio tenerlo, entonces sí se le pueden exigir responsabilidades, o sea, el pago de esos daños personales.
Por otra parte, entiendo que Cepsa, si es un fallo de la bombona debe asumir su responsabilidad, en cuyo caso pagaría el seguro de esta empresa, que fijo que lo tiene. Pero si es un problema de manipulación de la bombona, entonces la responsabilidad es de la panadería. Si no tiene seguro, ya que no tiene obligación legal de tenerlo, no creo que se lo reclame la Seguridad Social. Simplemente, realizando un pliego de descargo diciendo que no existe seguro por no haber obllgatoriedad, no le cargarán el coste.
Yo creo que, cualquier caso, tu cuñado no tiene porqué pagar nada. ¡Faltaría más!

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas