Es muy aconsejable tener un seguro de vida que cubra entre otras cosas nuestros compromisos económicos, pero debemos recordar que la Ley no obliga a tener contratado un seguro de vida al firmar una hipoteca.
Debemos tener cuidado por si el banco nos ha colado una clausula que vincule el tipo de interés de la hipoteca a una serie de productos contratados a través del banco y que no controlamos su progresión, como puede ser el seguro de vida.
Si en su hipoteca no tiene ningún problema puede anular la póliza sin inconveniente solicitándolo con dos meses de antelación al vencimiento del contrato, y así puede hacer uno en condiciones a través de un profesional.
Si tiene alguna clausula del estilo que le comentaba igualmente está en su derecho de anular la póliza, pero el banco podría retocar su tipo de interés...
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