Compañía de seguros no paga factura del cerrajero
El viernes pasado nos dejamos la llave de casa puesta por dentro, por lo que tuvimos que llamar a un cerrajero de urgencia para que se encargara de abrirla. Pedimos que se nos preparara una factura porque con anterioridad había tenido el mismo problema y con ésta había podido reclamar el total del importe a mi anterior compañía de seguros.
Hoy por la mañana he llamado a mi compañía. Cuál no sería mi sorpresa cuando me han comentado que ellos tienen un servicio que se encarga de estos temas y que si no se hace a través de este servicio no cubren más que el importe de 60 euros que es lo que les cuesta a ellos un cerrajero de urgencia. ¿Ni qué decir tiene que a mí me costó cerca de 240? Y no estoy dispuesto a que no se hagan cargo de su responsabilidad.
Mi pregunta es si existe algún resquicio legal por el cual ellos tengan la obligación, más allá de lo que pueda poner en su póliza, de cubrir esto si ya tengo pagado el importe de la reparación. En siniestro en automóvil, cuando la compañía se niega a reparar el coche y propone abonar únicamente el valor venal del vehículo, se puede por ejemplo reparar el coche por cuenta propia y ellos deben hacerse cargo. No se si existe alguna cláusula que esté por encima de lo que pueda poner en la póliza y que me pueda servir para poner en marcha alguna tramitación o denuncia contra ellos.
Me cuesta creer que se suponga que se debe conocer la existencia de un servicio como éste y que se tenga que recordar además en el momento en el que sucede el incidente. Ni siquiera sabía cuál era mi compañía de seguros hasta que llamé más tarde; mucho menos que tenía idea de que tuvieran un servicio propio de cerrajería.
Agradecería cualquier tipo de orientación o visión de cómo afrontar esto ante la compañía de seguros.
Hoy por la mañana he llamado a mi compañía. Cuál no sería mi sorpresa cuando me han comentado que ellos tienen un servicio que se encarga de estos temas y que si no se hace a través de este servicio no cubren más que el importe de 60 euros que es lo que les cuesta a ellos un cerrajero de urgencia. ¿Ni qué decir tiene que a mí me costó cerca de 240? Y no estoy dispuesto a que no se hagan cargo de su responsabilidad.
Mi pregunta es si existe algún resquicio legal por el cual ellos tengan la obligación, más allá de lo que pueda poner en su póliza, de cubrir esto si ya tengo pagado el importe de la reparación. En siniestro en automóvil, cuando la compañía se niega a reparar el coche y propone abonar únicamente el valor venal del vehículo, se puede por ejemplo reparar el coche por cuenta propia y ellos deben hacerse cargo. No se si existe alguna cláusula que esté por encima de lo que pueda poner en la póliza y que me pueda servir para poner en marcha alguna tramitación o denuncia contra ellos.
Me cuesta creer que se suponga que se debe conocer la existencia de un servicio como éste y que se tenga que recordar además en el momento en el que sucede el incidente. Ni siquiera sabía cuál era mi compañía de seguros hasta que llamé más tarde; mucho menos que tenía idea de que tuvieran un servicio propio de cerrajería.
Agradecería cualquier tipo de orientación o visión de cómo afrontar esto ante la compañía de seguros.
Respuesta de Luis Villarejo
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