Accidente con mi ciclomotor y se da a la fuga

Mi esposa tuvo un accidente con mi ciclomotor pero el seguro esta en regla para que ella pueda cogerlo. Un vehículo le dio un golpe mientras salia de su estacionamiento y le dejo caer realizandoles golpes, magulladuras esguince de rodilla y un tirón en el trapecio (cuello). El conductor del vehículo lo volvió a aparcar en el mismo sitio y se dio a la fuga andando sin prestar socorro.
Unos chavales la socorrieron y vieron a esta persona irse andando pero no vieron el golpe; mi esposa si vio al conductor. Se persono ambulancia y policía, levantando el atestado. Hemos dado parte al seguro por todo ello contro el vehículo y esta persona.
Ahora dice la policía que tardara un mes en dar parte al juez del accidente.
Por otra parte el conductor dice que el no cogió el coche en todo el día, cuando es mentira aunque la policía se ha personado en su casa y tomaron fotos del ciclomotor y el coche con un arañon en el parachoques.
Me podrían guiar un poco que pasos seguir. Y cual es vuestra opinión de meternos en juicio.

2 respuestas

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En primer lugar, desearle una pronta recuperación a su esposa.
En relación a las cuestiones que plantea, hasta que su esposa no reciba el alta médica será imposible determinar el importe indemnizatorio a reclamar.
Las actuaciones penales están abiertas y por ello a su esposa la irá valorando un médico forense hasta que se recupere totalmente de sus lesiones.
Puede negarse a que la vea el médico contrario ya que intentará restar importancia a las lesiones y dar el alta lo antes posible. Como le comento, hasta el alta médica no se puede evaluar la cuantía a percibir.
Si lo desea puede designar abogado particular que defienda sus intereses con cargo a la defensa jurídica que tiene contratada.
Puede ponerse en contacto con nosotros a través del email
[email protected]
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La reclamación es francamente complicada: los testigos no vieron el golpe, el responsable niega haber intervenido y la autoridad, como no presenció el accidente, sólo pudo acreditar que el vehículo contrario tiene un arañazo en el paragolpes, que no necesariamente tiene que corresponder con este siniestro, por lo que no se pronunciarán al respecto.
Efectivamente, el plazo medio de remisión al juzgado es de un mes, al que debe de sumar otro mes, que es lo que se tarda en servirlo a las compañías. En total, dos meses para que después la autoridad sólo acredite que el supuesto responsable tiene un arañazo en el paragolpes de su coche.
Desde mi experiencia, el contrario negará su intervención y se cerrará la reclamación sin acuerdo, debiendo reparar cada parte sus propios daños. Y la vía judicial se descarta también, pues no hay pruebas sólidas, tan sólo conjeturas y suposiciones. Los testigos pueden "mentir" e indicar que sí vieron el accidente, pero el demandado puede también presentar a 100.000 testigos que acrediten que el no salió de casa... Puestos a falsear la realidad, uno debe contar con que el contrario también lo puede hacer.
Lo lamento, pero ya le adelanto que la reclamación difícilmente prospere.
La policía esta levantado el atestado y ha día de hoy no piensa que esta persona este impune; cree tener indicios de que ocurrió tal cual se le comento y concuerda con la descripción de la persona que se dio a la fuga, al igual que las personas que la socorrieron y la vieron marcharse.
Tendrá que esperar al atestado entonces. Para las aseguradoras, el juicio de la autoridad es vinculante, siempre y cuando se pronuncien firmemente al respecto: no sirve un "parece ser que coinciden las alturas", "es posible que sí haya ocurrido el siniestro como incida una de las partes..."
Para que sea vinculante, deben acreditar que el siniestro ha ocurrido, no basándose en suposiciones vagas. Y desde mi experiencia, salvo sorpresa, es lo que harán. Y como saben que su juicio es vinculante, en base al principio de veracidad de los funcionarios de la administración pública, si no han visto el accidente, tienen orden de no pronunciarse, algo normal y comprensible.
Ahora mismo sólo puede esperar a que su compañía reciba el atestado, de cuyos plazos ya le he informado. Si el pronunciamiento de la autoridad es firme y no ambiguo, tendrán la reclamación ganada. De lo contrario... el desenlace en ese caso ya se lo he explicado.

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