Paso a contestar a sus consultas en el orden que establece:
1.) No, no es cierto. No es cierto que el accidentado no pueda reclamar nada hasta que no le vea el forense. Téngase en cuenta que el forense llama una vez que se interpone denuncia por el accidente, de modo que si no se mete denuncia, el forense nunca llamará. Y en numerosos casos, se alcanzan acuerdos con las aseguradoras para no tener que meter denuncia e ir a juicio, por lo que en dichos casos el forense nunca llega a ver al accidentado.
2.) La principal consecuencia negativa para usted si no vuelven a llamar o tardan mucho en llamar es que transcurra el plazo establecido para reclamar. Si transcurre dicho plazo, nada se podrá reclamar. Si llaman cuando ya no hay dolencias, hay informes médicos que acreditan que las han habido, de modo que son igualmente indemnizables, siempre que, como digo, se haga dentro de plazo.
3.) Es recomendable aceptar esa "visita" (quasi obligatoria) del médico del seguro, pues en función de lo que vea (o de lo que quiera ver), el seguro (su cliente) hará una oferta con una cantidad. Pero una cosa es que usted se deje ver por el médico este y otra es que acepte la oferta del seguro a raíz de lo que dice dicho médico. Tenga en cuenta que ese médico verá menos de lo que debería para que el seguro (su cliente) indemnice menos de lo que debería.
Tras sufrir un accidente de tráfico, lo que debe hacer es ponerse en manos de un abogado, que no sólo negocie, sino que además le oriente, presione al seguro, evite que pasen los plazos para reclamar, formule denuncia si fuera necesario, etc. Además, aunque su seguro le ofrecerá un abogado de su plantilla, la Ley le permite a usted (a pesar de que su seguro no se lo diga) no sólo elegir al abogado que usted quiera sino que además, los honorarios de ese abogado que usted elija no los paga usted, sino su seguro. Esto es en virtud de una cláusula que viene en la póliza y que se llama "defensa jurídica". La importancia de que usted se busque un abogado independiente radica en que para ese abogado su cliente será usted y por tanto luchará por el máximo de la indemnización, mientras que para el abogado del seguro su cliente no será usted, sino la aseguradora que le paga y por eso dudosamente luchará por el máximo a reclamar.
Hay que andar con ojo en este tipo de casos, pues son argucias de las compañías algunas de las siguientes:
1. Darle largas al accidentado con promesas de llamadas o visitas con vistas a que al accidentado se le pase el plazo para reclamar.
2. No indicar que tiene derecho a elegir el abogado que quiera y, además, a costa del bolsillo del seguro y no de usted.
3. Ofrecerle una cuantía inferior a la que corresponde o negar la existencia de secuelas.
4. No realizar la llamada "oferta motivada"
5. Realizar la oferta motivada obligando al accidentado a renunciar a reclamar nada más, lo cual es contrario a ley.
Si es la otra compañía la culpable del siniestro tiene mucho más que ganar que que perder. Somos expertos en este tipo de reclamaciones por siniestros de tráfico de modo que, gratuitamente y sin compromiso, le invitamos a que nos contacte en el 951 71 50 41 o en nuestra web www.lariosabogados.es y le atenderemos personalmente.