Seguro automóvil: cómo cursar baja al vencimiento de la póliza

Quiero cursar la baja de mi póliza de automóvil, la cual vence en junio del próximo año. Al llamar a la compañía para solicitar número de fax y solicitar por escrito la petición de baja me han dicho que no tienen fax para este propósito. Al consultarles acerca de dirección postal adonde remitir la comunicación me han dicho que las bajas tampoco se tramitan por correo ordinario. En su lugar, me han dicho que las bajas se comunican llamando al teléfono de atención al cliente 901xxx. Consultándoles acerca de si existe algún medio donde dirigirme por escrito me han dado unas direcciones de email.
He estado revisando las condiciones particulares de la póliza no constando ni número de fax ni dirección física (sólo se referencia la dirección a la que deben llegar las peticiones en materia de LOPD) Entonces:
- ¿Están las compañías se seguros obligadas a poner a disposición de sus clientes e informarles de un número de fax para comunicar las bajas?
- ¿Es válido que comunique la baja por teléfono? (supongo que habrá un respaldo legal en forma de grabación de la conversación)
- ¿Cuales son mis derechos en esta materia? ¿A qué están obligados?

Muchas gracias de antemano y saludos !

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Si cancela la póliza antes del vencimiento, no tiene derecho a recuperar la parte proporcional de la prima no consumida, de acuerdo con la Ley del Contrato del Seguro, pues lo contratos tienen una duración anual. Algunas compañías, sin embargo, conservan la diferencia durante un determinado tiempo por si algún día vuelve a contratar con ellos, pero eso es una deferencia que depende de la compañía, pues no tienen la obligación legal de hacerlo.

En canal por el que comunique la baja es irrelevante. Las conversaciones se graban y además puede solicitar una confirmación por escrito.

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