Contratar a través de correduría de seguros

Hola, ¿qué diferencia hay entre contratar un seguro con la compañía de seguros directamente o hacerlo a través de una correduría de seguros? Muchas gracias

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La Ley 26/2006 de 17 de julio, de mediación de seguros privados establece entre las figuras que pueden operar en la mediación de seguros la del agente exclusivo y la del corredor de seguros.

Te resumo las diferencias entre las dos figuras:

Agente exclusivo: sólo puede intervenir en pólizas de una sola Cía. Todas las comunicaciones, pagos o consultas que hagas a través de esta figura se consideran como hechos directamente a la Cía. Las Cías suelen responder de sus "meteduras de pata" con su R.C.

Corredor: está obligado a presentarte al menos tres proyectos de tres Cías distintas para cumplir con el requisito de la independencia. Puede trabajar con varias Cías y tiene que asesorar al cliente en el riesgo de manera independiente. Todas las comunicaciones que hagas a través de él se consideran hechas a la Correduría y éste las traslada en tu nombre a la Cía. Tienen una R.C. propia que cubre hasta 1.500.000 euros por los errores que puedan cometer.

Muchas gracias por la respuesta.

Pero ya que lo has mencionado, qué tipo de errores o "meteduras de pata" pueden cometer?

Gracias de nuevo.

Desde errores en la contratación, no emitir en plazos, informar mal sobre las coberturas contratadas, problemas administrativos, en fin desgraciadamente la casuística es larga.

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