Tengo derecho a indemnización?

Hace dos semanas sufrí una caída en la oficina donde trabajo al pisar agua procedente de una fuga de una tubería del vecino de encima de nuestro local. Llevaba unos días con dolores y decidí ir a la mutua de mi trabajo. Allí me diagnosticaron contractura de trapecio y pectoral y múltiples contusiones. Estoy yendo a rehabilitación y hay gente que me comenta que aunque no esté de bajá laboral puedo pedir una indemnización al seguro del vecino, ¿es cierto?

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Estimada consultante,

Si a usted le han causado un daño, están obligado a indemnizarle por ello. Tan sencillo como eso. Para que a usted le indemnicen no es necesario que esté de baja laboral. ¿Qué ocurriría entonces en el caso de que estuviera usted en paro y, por tanto, pudiera estar de baja médica pero no laboral?

Por tanto, derecho a indemnización hay. Habrá que ver con más tranquilidad si la responsabilidad es del vecino sólo o del vecino conjuntamente con la empresa, ya que al igual que el vecino podía haber arreglado las fugas, la empresa podía haber colocado un cartel advirtiendo del peligro de esa zona por ser resbaladiza.

Quedamos a su entera disposición para que, gratuitamente y sin compromiso, nos contacte en el 951 71 50 41 o en nuestra web www.lariosabogados.es y le atenderemos personalmente.

Buenos días:

Creo que de la empresa no tiene responsabilidad porque no sabía que existía esa fuga. Estoy sola en la oficina y la fuga fue en el despacho de atrás por lo cuál ni oí, ni vi la fuga y al ir al baño pisé el agua y me caí. Me ha comentado el vecino que tiene que venir un perito de su compañía para verme pero imagino que tendré que entregarle un informe el cuál no me han facilitado por no haber terminado la rehabilitación. Muchas gracias.

El tema de quien es responsable a veces parece sencillo pero en muchos casos es de los aspectos más complicados y que más estudio requiere por parte de los abogados. Por lo que usted cuenta, sí parece que la responsabilidad es del vecino más que de la empresa.

El perito de la compañía puede verle (y no debe negarse a ello), pero bien es cierto que si sigue usted de tratamiento médico, no podrá el perito hacer una valoración completa. Estos casos conviene estar asistido por abogado, pues se trata de gestiones y negociaciones con la aseguradora similares a las propias tras un accidente de tráfico. Hay que tener en cuenta, entre otras cosas, que el perito no es imparcial, sino que se debe a la aseguradora, lo cual quiere decir que 1) valorará las lesiones sufridas por usted en su grado mínimo para indemnizarle en su grado mínimo 2) no hay que fiarse de la palabra ni de las promesas de que están estudiando el tema y similares, pues en muchas ocasiones tratan de dar largas a la víctima de un accidente para que a esta se le pase el plazo para reclamar. Por tanto, es necesario estar bien asesorado.

Muy importante que ni se niegue usted a ser vista por este perito ni abandone la rehabilitación.

A su entera disposición.

951 71 50 41

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