Debo firmar la indemnización que se reclama a la compañía de seguros por accidente de tráfico?

Tuve un accidente de tráfico el 24 de agosto de 2013 y el viernes me dieron el alta médica.

Ahora tengo que hablar con el abogado para que prepare la reclamación de la indemnización.

No me gusta mucho el abogado que escogí, porque no me ha hecho mucho caso, ni siquiera el primer día en el que le firmé los poderes ( creo que era lo único que le importaba para llevarse la minuta).

El primer día me dijo que el factor corrector del 11% en adelante solo es aplicable a las indemnizaciones básicas por días impeditivos, no impeditivos o hospitalarios, cuando la ley de seguros dice que estos factores correctores también son aplicables a las indemnizaciones por secuelas permanentes. El abogado me dijo que las compañías de seguros no suelen estar por la labor de aplicar este factor corrector en su propuesta de reclamación, cosa esta última que me da bastante igual pues si es mi derecho por ley hay que pedirlo y después ya se verá si se termina con juicio o no. Nótese las buenas intenciones del abogado.

Además tengo varias sentencias en mano de audiencias provinciales y tribunal supremo que se pronuncian acerca de la incapacidad parcial por secuelas permanentes que limita parcialmente para la ocupación o actividad habitual, derivada accidente de tráfico ( incapacidad regulada en la ley de seguros)

Condenan a las compañías de seguros a indemnizar por este concepto ( factor corrector) con 8500 euros a una señora con una cervicalgia valorada en dos puntos, porque las mismas secuelas le limitan para su actividad habitual de empleada del hogar.

Dado que habiendo terminado la rehabilitación y recibido el alta médica, no puedo realizar las labores en mi trabajo con la misma entereza, facilidad y aprovechamiento, quiero solicitar la indemnización por incapacidad parcial a la compañía de seguros. Y se lo quiero dejar bien claro al abogado, pues no sé muy bien cuales son sus intenciones.

Pues bien me estoy poniendo ya en la situación en la que vaya a hablar con mi abogado sobre esto y se me vaya por las ramas con que no me corresponde la indemnización por incapacidad parcial. Si se diera este caso quiero saber lo siguiente:

1.- Habiendo firmado que le entrego los poderes a este abogado, ¿tengo qué firmar la reclamación de indemnización que se le vaya a hacer a la compañía de seguros? ¿O el abogado puede remitirles la reclamación sin necesidad de mi firma porque ya le entregué los poderes?

2.- Si el abogado me pone impedimentos para reclamar la incapacidad parcial por secuelas permanentes que me limitan para mi ocupación habitual, ¿qué pasos debo tomar para revocar los poderes que le di y que deje de actuar en mi nombre?

3.- Sabiendo cuales son los conceptos que tengo que reclamar ( 80 días impeditivos 58,24 euros, dos puntos de secuelas a 806 euros, factor corrector del 12% por ingresos superiores a 30000, y incapacidad parcial por limitación para la ocupación habitual) puedo hacerlo yo solo dirigiéndome a la compañía de seguros sin necesidad de abogado? ¿O hay algo que se me escapa?

4.- Si le revoco los poderes cual sería la minuta que debería pagar abogado, ¿el 10% como acordamos o las correspondientes a las dos consultas?

3 respuestas

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Me resulta muy extraño el comportamiento del abogado. El abogado puede recomendarte pero debe de hacer lo que el cliente quiera. Por supuesto puedes cambiar de abogado pero necesitas un abogado para realizar estos trámites, en España funciona así y nos obligan a pagar abogados para todo. De todas formas según el seguro que tengas, los gastos de abogado puedes reclamárselos al seguro si tienes cobertura jurídica cubierta que la mayoría de los seguros lo incluyen.

Si no te gusta el abogado cambialo. De todas formas ten cuidado porque aunque los médicos te den un grado de invalidez y te diagnostiquen algo, no quiere decir que luego un juez te lo vaya a respetar. En ocasiones lo hacen pero en otras no y una vez el juez que te toque tome decisión es difícil rebatir eso.

Mi consejo es que cambies de abogado porque si, habiéndole firmado el puede actuar en tu nombre, así que cambialo o aclara con él estos puntos y que te reclame bien todo lo que tu consideras y puedas demostrar con informes médicos.

El resto ya un tema judicial aunque la compañía de seguros te ofrecerá un trato o acuerdo probablemente antes del veredicto, pero es mejor que vean tu reclamación judicial porque con ello tienden a ofrecer más porque ven que reclamas bien.

Mucha suerte y hay muchos abogados especializados en indemnizaciones por accidente que van a comisión que es lo que te interesa.

Respecto a los honorarios si cambias de abogado dependerá de lo que hayas firmado con el abogado que tienes, pero generalmente no deben de cobrar por lo que no han hecho y si renuncias a él porque no te gusta su trabajo te cobrará las dos consultas y si te cobra de más denúncialo al colegio de abogados por no asesorarte bien que antes de que lo denuncies ya cambiará de idea seguro.

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Paso a contestarle:

1º Entiendo que los poderes son para pleitos y serán lo suficientemente amplios como para poder emitir la reclamación sin su intervención

2º Simplemente buscar un nuevo abogado que solicite la venia a su compañero o revocando los poderes donde se emitieron o en una sede judicial entiendo que valdría.

3º No usted tiene derecho a reclamar directamente a la Cía de seguros lo que ocurre es que si la reclamación la hace con ayuda letrada es más eficaz para negociar. No sé si usted ha tenido en cuenta la cuantificación de los daños morales por responsabilidad civil extracontractual.

4º En principio no debe ser lo pactado porque no ha finalizado el trabajo. Deben acordar una minuta nueva.

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Lamento no poder ayudarte con este tema. Después de leer las explicaciones veo que hay algún detalle que se me escapa, por lo cual creo que sería más apropiado que esta consulta la realices en la categoría de derecho, y en concreto a letrados que tengan experiencia en accidentes de tráfico.

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