Aval bancario

Buenas tardes. Mi pregunta es la siguiente. Hace un año más o menos, entré a formar parte de una comunidad de bienes con la finalidad de tener una vivienda. He solicitado a la gestora en distintas ocasiones que me entregue aval bancario por las cantidades entregadas a cuenta hasta el momento que he ido dando para la vivienda. ¿Mi pregunta es si por el hecho de ser comunera no tengo derecho a pedir el aval y que me lo den? ¿O bien es indiferente el hecho de pertenecer a una comunidad de bienes y deben de tramitármelo y dármelo por el hecho de tratarse de cantidades entregadas a cuenta para la adquisición de vivienda aunque se trate de "autopromoción"? Muchas gracias.

3 respuestas

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Si haces entregas a cuenta para una vivienda a una promotora o inmobiliaria o constructora, lo normal es que den un aval al comprador, bien sea una persona física o jurídica. Las comunidades de bienes no tienen entidad jurídica propia, por lo que tendría que ser un aval conjunto para todos los componentes de la comunidad.
Si los compradores, sois los propios promotores, no tiene sentido que os avaléis a vosotros mismos
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Lo primero, te acompaño en el sentimiento, por haberte metido en ese FOLLÓN! Si eres comunera quiere decir que te has juntado con otras personas como tú y juntos habéis creado una sociedad que es la que está construyendo su vivienda. Es como autopromoción pero a lo grande, varias personas construyendo su vivienda a la vez. No sé si has pedido un préstamo o si estás pagando tu las distintas disposiciones. Esos recibos, si tienes un préstamo te lospuede dar el banco y si no te los tiene que dar la gestora. Estás en tu derecho de pedir toda la documentación que necesites, no entiendo a qué te refieres con "aval" Si quieres dime para qué lo necesitas por si te puedo ayudar algo más.
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En primer lugar disculpa el retraso en la contestación pero no he podido por motivos personales.
Respecto a tu pregunta. He de decirte que lo de la "comunidad de bienes" me descoloca. Si esa es la forma jurídica que habéis elegido, en la práctica es un conjunto de personas que se juntan para construir su propia vivienda. Al hacerlo, tendrán que definir las normas o reglas a seguir, a través de unos estatutos, por lo que lo primero sería ver qué dicen los estatutos . Al tratarse de autopromoción desconozco si existe la obligación legal. De obtener un aval pero a priori (y me estoy tirando a la piscina) te diría que no. ¿Por qué? Si yo decido construirme una casa, es como preguntarme a mí mismo si tengo la obligación de darme un aval por las cantidades que vaya aportando para la construcción. El aval está pensado para responder por incumplimiento del promotor pero es que el promotor soy yo. El ejemplo puede parecerte un poco absurdo pero en este caso el promotor es la comunidad de bienes.
Mi consejo es que consultes a la gestora a este respecto así como los estatutos.

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