Cancelación registral
Lo que yo necesito saber es si, una promotora, cuando vende alguna de sus viviendas y el cliente no se subroga a la hipoteca de la promotora y acuerda con su cliente, como le corresponde, hacerse ellos mismos cargo de los trámites y costes de la cancelación registral de su hipoteca ¿la promotora tiene desde el momento en que escritura la compraventa algún plazo legal para hacer la cancelación registral o puede dejar al cliente con la hipoteca sobre su vivienda años.
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Respuesta de mobo20089999
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