Cuenta vivienda

Estimado amigo.
El próximo mes de enero me vence la cuenta vivienda.
Me preocupa que por no disponer de tiempo suficiente para encontrar la vivienda que busco y gestionar todo el papeleo, no pueda adquirir una vivienda antes de ese plazo.
Mis preguntas son las siguientes: dado que la declaración de la renta no se hace hasta el próximo mes de junio, ¿habría algún problema con Hacienda si compro en ese plazo que va desde enero hasta junio?
¿Cumpliría el requisito del plazo, si en vez de firmar un contrato de compraventa, firmo un "precontrato de compraventa"? Esta última pregunta te la hago porque me han ofrecido un piso, pero el contrato de compraventa no podría firmarse hasta el año que viene, dado que los vendedores no firman el contrato de compraventa hasta que ellos, a su vez, encuentren otro piso al que marcharse.

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Si; en este caso es válido lo que dices y es correcto que mantengas la cuenta vivienda hasta que pagues el primer plazo de la vivienda
Perdona, estimado amigo, que vuelva a molestarte. ¿Quieres decir que podría firmar el "precontrato" ahora y el "contrato definitivo" el próximo año?
Te lo comento porque alguien me comenta que Hacienda exige que se firme contrato definitivo (ya privado, ya en escritura pública) y se produzca, además, la entrega de posesión y ello dentro del plazo legalmente previsto, que en mi caso es de cinco años.
Te ruego encarecidamente me aclares este aspecto.
Muchísimas gracias por tu ayuda y perdona por todo.
Fdo. Rubén.
Hacienda también estipula que si por causas ajenas al comprador no se efectuara la compra dentro de los cuatro años, tienes dos más de plazo

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