¿Baja laboral no cuenta com descanso...?
He leído esta noticia :
La baja laboral en vacaciones no cuenta como descanso
EL PAÍS - Madrid - 07/08/2009
El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de los trabajadores a disfrutar de todos los días programados para sus vacaciones y a que no se les descuente ninguno si durante el periodo de descanso cayeran enfermos o sufrieran incapacidad temporal.
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Así se establece en una sentencia del Supremo a raíz de un recurso presentado por el sindicato UGT de Madrid, que reconoce el derecho de los trabajadores a disfrutar de las vacaciones cuando estén programadas y cuando el empleado sufra una baja por enfermedad que se "solape en el tiempo" con el periodo reglamentario de descanso. En este caso, y según indica la sentencia, el trabajador tendrá derecho a disfrutar de las vacaciones que hayan quedado pendientes mientras estuvo de baja.
El Supremo basa su fallo en que "el pleno disfrute del derecho a las vacaciones únicamente puede conseguirse cuando el trabajador se encuentre en condiciones físicas y mentales de hacer uso del mismo".
Mi pregunta es: yo estoy de baja desde el 25 mayo por rotura en la muñeca. Al día de hoy sigo de baja y posiblemente continué hasta septbre. Mi empresa cierra por vacaciones ( todo la empresa ) del 15 al 31 de agosto, entonces me surge la siguiente duda :
¿Tengo derecho a mis 15 días de vacaciones de verano cuando me den el alta medica?
La baja laboral en vacaciones no cuenta como descanso
EL PAÍS - Madrid - 07/08/2009
El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de los trabajadores a disfrutar de todos los días programados para sus vacaciones y a que no se les descuente ninguno si durante el periodo de descanso cayeran enfermos o sufrieran incapacidad temporal.
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Así se establece en una sentencia del Supremo a raíz de un recurso presentado por el sindicato UGT de Madrid, que reconoce el derecho de los trabajadores a disfrutar de las vacaciones cuando estén programadas y cuando el empleado sufra una baja por enfermedad que se "solape en el tiempo" con el periodo reglamentario de descanso. En este caso, y según indica la sentencia, el trabajador tendrá derecho a disfrutar de las vacaciones que hayan quedado pendientes mientras estuvo de baja.
El Supremo basa su fallo en que "el pleno disfrute del derecho a las vacaciones únicamente puede conseguirse cuando el trabajador se encuentre en condiciones físicas y mentales de hacer uso del mismo".
Mi pregunta es: yo estoy de baja desde el 25 mayo por rotura en la muñeca. Al día de hoy sigo de baja y posiblemente continué hasta septbre. Mi empresa cierra por vacaciones ( todo la empresa ) del 15 al 31 de agosto, entonces me surge la siguiente duda :
¿Tengo derecho a mis 15 días de vacaciones de verano cuando me den el alta medica?
1 respuesta
Respuesta de mario rodriguez AED
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