Baja medica por enfermedad común

Quería exponer mi caso y ver si alguien me puede orientar un poco.
La cuestión es que estoy de baja desde el día 20-11-2009 por una intervención quirúrgica. Se trata de una enfermedad común y no de un accidente laboral. La duración de la baja es indeterminada, depende de la recuperación, que por el momento, es lenta.
Pertenezco al Conveno de la Siderometalurgia en la Comunidad de Madrid. Tengo fundamentalmente 2 dudas, que expongo a continuación:
1.- ¿Tiene derecho la empresa a controlarme mediante la Mutua de la empresa? Estando de baja me han citado para ir una primera vez a la que ya he acudido. Ahora me citan para ir otro día más cerca de Navidad. ¿Se trata de citas a las que debo acudir obligatoriamente o es una forma de controlar que no me vaya de puente o de fiestas? Me parece lamentable que se trate de lo segundo y que por desconfianza hagan este tipo de cosas, cuando mi baja es fundamentalmente para guardar reposo y no salir de casa, tal como le he comunicado a la Mutua desde que me llamaron el primer día.
2.- Por otra parte, quería saber si al estar de baja computan o no los días que estoy de vacaciones, ya que la empresa nos obliga a coger días en navidades que yo estaré de baja. Si no computan, ¿tendré derecho a disfrutarlos en el 2010 o los habré perdido? Entiendo que no, pues estoy cobrando mucho menos como si estuviese de baja y creo que tengo derecho a que se me paguen esas vacaciones que no he podido disfrutar con anterioridad.

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Es la mutua la que te paga la prestación de incapacidad temporal y por eso te controla médicamente para ver como evolucionas, tu cobras la prestación a través de tu nomina, de el empresario, pero el dinero de la prestación es de la mutua es por esto por lo que te controla le interesa darte de alta cuanto antes.
En cuanto el tema de las vacaciones, las vacaciones hay que disfrutarlas dentro del año de su devengo sino se pierden y solo se pagan cuando se finiquita al trabajador. Cuando estas de vacaciones y caes de baja medica estas vacaciones se pierden, si estas de baja medica y dentro de esta baja esta el mes de vacaciones te tienen que respetar las vacaciones pero dentro del año de su devengo, todo ello a no ser que llegues a un acuerdo por escrito con la empresa para que te guarde estas vacaciones y puedas disfrutarlas el año que viene pero la empresa no esta obligada a ello.
Bueno, antes de nada, muchísimas gracias. Aunque coincide con lo que yo me imaginaba, ¿es así seguro? Es que he ledio la siguiente noticia estos días:
"El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de los trabajadores a disfrutar de todos los días programados para sus vacaciones y a que no se les descuente ninguno si durante el periodo de descanso cayeran enfermos o sufrieran incapacidad temporal"
http://www.comfia.info/noticias/51016.html
Es reciente, no se si implica cambios o se trata de un caso muy particular.
A la espera de sus noticias, reciba un cordial saludo.
César Romero.
Yo lo sigo entendiendo de la misma forma, la sentencia dice que si tu tienes las vacaciones fijadas por acuerdo con la empresa desde principios de año, en el mes de agosto por ejemplo y tu caes de baja desde junio hasta septiembre la empresa debe revisar el calendario de vacaciones y concederte las vacaciones no disfrutadas, pero si tu en el mes de Agosto caes de baja el día 2 hasta el 31 estas vacaciones no te las volverían a conceder.
Una última aclaración, solo por concretar, ya que no estoy muy de acuerdo, sin tener demasiado conocimiento de ello, pero la cosa es así:
1.- Tengo 9 días pendientes de disfrutar que van a coincider con la baja, al menos la mayoría de éstos.
2.- De esos 9 días de vacaciones, 3 los comunicó la empresa a todos los trabajadores en el mes de Marzo, obligándonos a cogerlos en Navidades.
3.- Los otros 6 días, nos los comunica a comienazos de Octubre imponiendo que los disfrutemos igualmente en Navidades.
Tras acudir a consulta en varias ocasiones desde el verano, me indican a finales de Octubre, que deberé operarme en el plazo de 3 meses (entre Noviembre y Enero), cuando ya tenía asignadas las vaciones por la empresa y sin posibilidad de modificarlas. ¿Sigo teniendo que perder mis vacaciones en estas circunstancias, cuando el problema surgió tras asignarme dichas v acaciones la empresa?
Gracias una vez más.
Yo continuo opinando que las vacaciones ya están fijadas y que si coincide que te operan cuando estas disfrutando tus vacaciones la empresa no tiene porque "devolverte " esos días de vacaciones. Pero puedes solicitarlo de todas formas, no pierdes nada por ello e igual la empresa te las concede de todos modos.

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