Pensión alimenticia, paro y custodia compartida

Ante todo primero darle las gracias por su atención y segundo exponerle mis preguntas: estoy parado y no cobro el paro y pensando en iniciar los trámites de divorcio ¿influye en algo a la cantidad de dinero a pasar por la pensión de alimentos el estar parado? ¿De qué manera?, ¿Qué cantidad a pasar por hijo suele ser la normal o se podría considerar normal o aceptable por el juez si el sueldo es de mil euros?, esto último lo pregunto por qué en caso de encontrar trabajo tal como está la situación me imagino que el sueldo rondara esa cantidad o quizás menos pues como he dicho estoy parado y no cobro paro. Por otro lado ¿qué condiciones se tienen que dar para que se conceda la custodia compartida? ¿Seria posible obtenerla o siempre van a favor de la mujer en este asunto?
Bueno creo que no se me olvida nada así que ya solo darle las gracias por su ayuda y me quedo a la espera de su respuesta
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Pasaré a responderle lo más ajustadamente posible a sus preguntas:
1º) el hecho de estar en situación de desempleo será algo fundamental a la hora de la fijación de la posible pensión de alimentos para con sus hijos. El no tener ingresos se deberá acreditar de modo que se le conceda una suspensión en el pago de dicha pensión de alimentos hasta que encuentre trabajo y una vez lo tenga se deberá revisar la medida para ajustarlo a sus ingresos y gastos.
2º) Respecto a la cantidad por hijo, no existe un baremo prefijado. Lo que se suele mirar es la situación económica de la familia antes del divorcio, ver los ingresos y los gastos y conforme a ello fijar la cuantía. Por darle una cantidad, para un sueldo medio de entre 1000 y 1500 euros la cuantía rondaría los 200 euros, aproximadamente.
3º) respecto a la custodia compartida, la misma deberá ser mejor acordarla de mutuo acuerdo por los cónyuges pero el juez tendrá en cuenta diversas variables: tipo de educación, grado de compromiso de los progenitores, tiempo a dedicar al hijo, grado de comunicación entre los cónyuges, etc. No le engaño en que no es algo que se suela dar así como así. Lo más normal es que la custodia sea para la madre, pero también es porque los padres no luchan por ello. También dependerá de la edad del hijo. El que vayan o no a favor de la mujer es algo que no se puede demostrar, pero las cifras cantan. Las cosas van cambiando y los jueces también, pero será algo que dependerá mucho del juez que le toque en suerte o desgracia.
Por tanto y resumiendo, no hay nada prefijado y salvo acuerdo de los cónyuges habrá que luchar mucho por todas y cada una de las cosas que se soliciten.

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Contestando a sus preguntas, efectivamente la pensión de alimentos es proporcional a los ingresos del obligado a darla. Esto significa que efectivamente influye que Ud. esté en paro.
¿También influye si su ex mujer trabaja y percibe ingresos mensuales o no. A modo orientativo informarle que si los dos trabajaran e ingresaran 1.000? Cada uno, ¿la pensión de alimentos podría oscilar sobre los 185?.
¿Si solo trabaja Ud. y gana 1.000? ¿Podría ser de unos 225?. Todo ello de modo orientativo, ya que para fijar ese tipo de cuantías se tiene que atender al caso concreto y a las necesidades que tenga el menor, que es quien siempre debe quedar protegido.
Para otorgar la custodia compartida nuestros Tribunales suelen exigir entre otros los siguientes requisitos: que los dos padres lo soliciten de mutuo acuerdo, que no haya conflicto entre ellos y exista una buena relación y comunicación, que los domicilios de los dos estén próximos, que los horarios de trabajo sean compatibles, etc, entre otros.
Esperamos haber resuelto sus dudas, de todos modos le invitamos a visitar nuestra página web www.divorcia-t.com. Para cualquier cuestión adicional puede enviarnos un correo a [email protected] y estaremos encantados de atenderle.

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