Cobrar el finiquito mientras te estás separando

Me estoy separando de mi mujer. Si el día 15 de este mes firmamos en el juzgado y el día 17 del mismo mes mi empresa me paga el finiquito por echarme a la calle... ¿puede pedirme ella parte de este finiquito? ¿Y si lo cobrara el día 12? ¿Tendría qué darle la mitad de "mi finiquito"?

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Respuesta
Debo decirle que desde que se presenta la demanda de separación cesa la posibilidad de vincular bienes e ingresos del cónyuge y por tanto debe considerarlos de este modo privativo suyo y no sujeto a la sociedad de gananciales que formara con su esposa.
Por otro lado, en la firma que hicieron en el juzgado contempla los aspectos económicos de la separación y por ello son exigibles los que figuren en convenio o sentencia exclusivamente . En cuanto a la fecha de efecto, es posterior a la firma y por tanto no entra en la liquidación que hayan efectuado.
Ya hemos ido al abogado y él no ha dado a firmar los papeles en los que explicamos que el niño se quedará con su madre, que compartiré la hipoteca y le pasaré un dinero para el niño. Lo firmamos en casa y se lo entregamos para mandarlo al juzgado, pero aún estamos esperando. La empresa ya me avisó de que me darán un finiquito, pero no sé cuándo. Si me llaman a recibir el finiquito antes de pasar a ratificarnos por el juzgado, entiendo que da igual y que no tendría que compartirlo con ella, ¿no? En teoría la demanda ya está presentada, ¿verdad? Debo decir también, que la sociedad de gananciales aún no está disuelta. Estos días repartiremos el dinero que hay en el banco a medias, pero aún nos queda el piso a medias. ¿Habría problemas para mi con el finiquito por no haber disuelto la sociedad de gananciales? Gracias, un saludo
No le espera ningún contratiempo mientras cumpla con las obligaciones del convenio que ha firmado.

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