Anónimo
¿Obligación de pagar la casa de su ex mujer?
Un amigo se esta separando. Esta un poco perdido en este caso y no creo que sus abogadas están muy puesta en el tema.
Mi pregunta es la siguiente. Su mujer se quedo con la casa, le pide unos 800 euros por la manutención del niño más 250 euros. Ella quiere vender la casa que se repartirán al 50 por ciento. Pero le pide unos 300 euros para la nueva casa porque dice que corresponde a la parte del nuño-
Eso es legal y que dice el código penal sobre este tema.
Mi pregunta es la siguiente. Su mujer se quedo con la casa, le pide unos 800 euros por la manutención del niño más 250 euros. Ella quiere vender la casa que se repartirán al 50 por ciento. Pero le pide unos 300 euros para la nueva casa porque dice que corresponde a la parte del nuño-
Eso es legal y que dice el código penal sobre este tema.
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Respuesta de abogadoalica
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abogadoalica, Abogada especialista en Derecho de Familia con amplia experiencia...
Estimada (xxxxxx), por la información que das parece que tu amigo se está separando de mutuo acuerdo y que sus abogadas están negociando esa separación.
Si es un proceso de mutuo acuerdo entonces tanto tu amigo como su mujer tendrán que firmar un Convenio Regulador (que es un documento parecido a un contrato) en el que pacten todo lo relativo a los hijos (pensión, régimen de visitas y comunicación), uso de la vivienda familiar, contribución a las cargas del matrimonio... etc
Por lo que comentas parece el matrimonio solo tenía una casa, que era la vivienda familiar, que su mujer se queda con la custodia del niño y que por eso lo que se ha pactado es que su mujer se quede con el uso de la casa hasta que se liquide la sociedad de gananciales.
Hasta aquí todo es normal, ¿lo qué no me parece normal ni lógico es que la pensión del niño sea de 800? Al mes. Piensa que esa pensión de alimentos se fija en función de lo que ganan los padres, ¿de si trabajan los dos o solo uno de ellos... Por otro lado dices que además le pide 250?, pero no me dices en que concepto y necesitaría saberlo para poder asesorarte.
¿También dices que su mujer le está pidiendo además otros 300? Para la nueva casa.
Francamente (xxxxxx), a priori, sin ver un documento, por la información que me das parece que a tu amigo le están tomando el pelo. O no está siendo bien defendido por sus abogadas o no está siendo bien informado.
En una situación así lo que te recomendaría es que tu amigo pidiera una segunda opinión a otro abogado y que saliera de dudas, ya que si no lo hace nunca sabrá si ha firmado lo que le interesaba o podría haber negociado de otro modo más beneficioso para él las cosas.
Soy abogada especializada en Derecho de Familia, y podría ayudar a tu amigo dándole esa segunda opinión que necesita. Tengo mi propia página web www.divorcia-t.com que os invito a visitar desde la que llevo separaciones y divorcios a través de internet a precios super económicos, por lo que si también le interesar podría llevarle su separación o divorcio.
Desde ya me ofrezco a asesorarle en lo que necesite, pero para ello necesitaría revisar toda la documentación que tenga sobre este tema. Si está interesado puede enviarme un email a mi dirección [email protected] con la documentación que tenga y la reviso sin problema.
Si es un proceso de mutuo acuerdo entonces tanto tu amigo como su mujer tendrán que firmar un Convenio Regulador (que es un documento parecido a un contrato) en el que pacten todo lo relativo a los hijos (pensión, régimen de visitas y comunicación), uso de la vivienda familiar, contribución a las cargas del matrimonio... etc
Por lo que comentas parece el matrimonio solo tenía una casa, que era la vivienda familiar, que su mujer se queda con la custodia del niño y que por eso lo que se ha pactado es que su mujer se quede con el uso de la casa hasta que se liquide la sociedad de gananciales.
Hasta aquí todo es normal, ¿lo qué no me parece normal ni lógico es que la pensión del niño sea de 800? Al mes. Piensa que esa pensión de alimentos se fija en función de lo que ganan los padres, ¿de si trabajan los dos o solo uno de ellos... Por otro lado dices que además le pide 250?, pero no me dices en que concepto y necesitaría saberlo para poder asesorarte.
¿También dices que su mujer le está pidiendo además otros 300? Para la nueva casa.
Francamente (xxxxxx), a priori, sin ver un documento, por la información que me das parece que a tu amigo le están tomando el pelo. O no está siendo bien defendido por sus abogadas o no está siendo bien informado.
En una situación así lo que te recomendaría es que tu amigo pidiera una segunda opinión a otro abogado y que saliera de dudas, ya que si no lo hace nunca sabrá si ha firmado lo que le interesaba o podría haber negociado de otro modo más beneficioso para él las cosas.
Soy abogada especializada en Derecho de Familia, y podría ayudar a tu amigo dándole esa segunda opinión que necesita. Tengo mi propia página web www.divorcia-t.com que os invito a visitar desde la que llevo separaciones y divorcios a través de internet a precios super económicos, por lo que si también le interesar podría llevarle su separación o divorcio.
Desde ya me ofrezco a asesorarle en lo que necesite, pero para ello necesitaría revisar toda la documentación que tenga sobre este tema. Si está interesado puede enviarme un email a mi dirección [email protected] con la documentación que tenga y la reviso sin problema.
Si he resuelto tu pregunta agradecería que la valoraras para poder finalizarla ya que sigue apareciendomo como activa.
Si por el contrario continuas teniendo dudas, estaré encantada de ayudarte.
Si por el contrario continuas teniendo dudas, estaré encantada de ayudarte.
Hola y lo siento por responder con tanto retraso.
Hay 2 puntos que no aclare muy bien... En primer lugar el borrador esta ya formado así que poco se podrá hacer de momento...
El padre gana unos 60000 netos y la madre 2500 en 15 pagas o sea que pobre no esta, Por eso que ella pidió y consiguió 800 euros al mes, a parte dentro de 2 años habrá una revisión porque el niño cambiara de colegio y ira a un privado eso hace que habrá una revisión para que el padre pague aun más... La madre tiene previsto vender la casa, y se ira a una casa de alquiler, Hasta aquí todo bien, pero pide 250 euros de más por el alquiler porque dice que es la obligación del padre (donde aparece eso en el código civil porque yo no le he visto). Yo creo que 800 es mucho dinero para un niño de 10 años que es y tiene una voda normal... Esa era la aclaración...
Gracias por decirme en que parte del código civil aparce que el padre tenga que pagar estos euros sobre la casa de alquiler.
Un saludo
Hay 2 puntos que no aclare muy bien... En primer lugar el borrador esta ya formado así que poco se podrá hacer de momento...
El padre gana unos 60000 netos y la madre 2500 en 15 pagas o sea que pobre no esta, Por eso que ella pidió y consiguió 800 euros al mes, a parte dentro de 2 años habrá una revisión porque el niño cambiara de colegio y ira a un privado eso hace que habrá una revisión para que el padre pague aun más... La madre tiene previsto vender la casa, y se ira a una casa de alquiler, Hasta aquí todo bien, pero pide 250 euros de más por el alquiler porque dice que es la obligación del padre (donde aparece eso en el código civil porque yo no le he visto). Yo creo que 800 es mucho dinero para un niño de 10 años que es y tiene una voda normal... Esa era la aclaración...
Gracias por decirme en que parte del código civil aparce que el padre tenga que pagar estos euros sobre la casa de alquiler.
Un saludo
En primer lugar decirte que aunque ya exista un borrador del Convenio Regulador cabe una negociación mientras no se haya firmado y presentado en el Juzgado, sobre todo si tu amigo no está de acuerdo con lo que se refleja en ese borrador.
Respecto a tu otra pregunta, no hay ningún artículo en el Código Civil que obligue a pagar un alquiler como comentas. El Código Civil habla de contribuir a sufragar los gastos y cargas, esto es, contribuir a pagar los préstamos, hipoteca, deudas... cargas en definitiva sobre los bienes gananciales.
Por las cantidades que comentas que cobran los dos al mes, lo que podría ocurrir es que la madre quiera conseguir una pensión por desequilibrio económico. Me explico, es una pensión que regula el Código Civil en su artículo 97 y que suele pedirse cuando el divorcio causa una situación de desequilibrio a uno de los cónyuges respecto al status o nivel de vida que tenía en el matrimonio. ¿Se me ocurre que quizá la forma en que ella la esté pidiendo sea a través de esos 250? Al mes para pagar su alquiler.
Convendría que tu amigo se informara bien de si es así ya que en todo caso se trata de una cantidad que podría negociar, no teniendo por que acatar sin más lo que ha pedido su mujer, en primer lugar porque no hay una norma que le obligue a pagar un alquiler a su mujer, en segundo lugar porque los dos trabajan y tienen sueldos elevados, ¿con lo que el tema del desequilibrio es discutible y en tercer lugar porque ya va a pagar 800? De alimentos a su hijo, cantidad para la que se ha tenido en cuenta su capacidad económica.
Le aconsejo a tu amigo que pida todas las explicaciones posibles y que no firme ningún documento sin estar seguro realmente de lo que se le pide y de la razón por la que se le pide.
Si necesitaras mi asesoramiento estaré encantada de ayudaros.
Respecto a tu otra pregunta, no hay ningún artículo en el Código Civil que obligue a pagar un alquiler como comentas. El Código Civil habla de contribuir a sufragar los gastos y cargas, esto es, contribuir a pagar los préstamos, hipoteca, deudas... cargas en definitiva sobre los bienes gananciales.
Por las cantidades que comentas que cobran los dos al mes, lo que podría ocurrir es que la madre quiera conseguir una pensión por desequilibrio económico. Me explico, es una pensión que regula el Código Civil en su artículo 97 y que suele pedirse cuando el divorcio causa una situación de desequilibrio a uno de los cónyuges respecto al status o nivel de vida que tenía en el matrimonio. ¿Se me ocurre que quizá la forma en que ella la esté pidiendo sea a través de esos 250? Al mes para pagar su alquiler.
Convendría que tu amigo se informara bien de si es así ya que en todo caso se trata de una cantidad que podría negociar, no teniendo por que acatar sin más lo que ha pedido su mujer, en primer lugar porque no hay una norma que le obligue a pagar un alquiler a su mujer, en segundo lugar porque los dos trabajan y tienen sueldos elevados, ¿con lo que el tema del desequilibrio es discutible y en tercer lugar porque ya va a pagar 800? De alimentos a su hijo, cantidad para la que se ha tenido en cuenta su capacidad económica.
Le aconsejo a tu amigo que pida todas las explicaciones posibles y que no firme ningún documento sin estar seguro realmente de lo que se le pide y de la razón por la que se le pide.
Si necesitaras mi asesoramiento estaré encantada de ayudaros.
Hola bueno antes de empezar te deseo un feliz año nuevo lleno de buenas cosas.
Referente a mi amigo lo que quiere es y ya lo ha echo es firmar el borrador y librarse de su mujer que es un demonio pesado.
¿Según lo que me dices es que el pago de la pensión se hace efectivo una vez que lo ha firmado el juez? Porque ella dice que tiene que pagar ya aunque no lo haya visto el juez (cosa que a mi no me parece lógico).
Por la cantidad efectivamente elle no puede pedir una compensación económica por lo que gana pero bueno se lo gana con la cantidad que pide para su hijo dentro de la cual hay (el comedor, colegio, niñera, luz, agua, gasilina, gastos del coche, ocio del niño y ropa).. Ademas esta puesto en el borrador una mentira gorda que es la siguiente, ¿el niño dentro de 2 año ira a un cole privado (elle dice que no supera los 300 pero que según lo que yo he visto cuesta 580 euros al año)Allí claro que como padre tendrá que pagar la mitad de los gastos pero ella podría pedirle aun más dinero por la pensión?
Se que me estoy adelantando porque todo ocurrirá dentro de 2 año pero quiero ir sobre seguro y poder pillarla por mala persona.
Mi amigo paga hasta ahora 600 euros porque el lo quiere pero ella ahora le exige los 800 el podrá dentro de 2 año reclamarle esa diferencia porque el juez no ha firmado.No se si me explico bien. Referente a su futura casa de alquiler pues ya tengo la repuesta que me distes.
Muchísimas gracias.
¿También a parte de internet ves a tus clientes por si un día quiero ir a verte?
Un saludo
Referente a mi amigo lo que quiere es y ya lo ha echo es firmar el borrador y librarse de su mujer que es un demonio pesado.
¿Según lo que me dices es que el pago de la pensión se hace efectivo una vez que lo ha firmado el juez? Porque ella dice que tiene que pagar ya aunque no lo haya visto el juez (cosa que a mi no me parece lógico).
Por la cantidad efectivamente elle no puede pedir una compensación económica por lo que gana pero bueno se lo gana con la cantidad que pide para su hijo dentro de la cual hay (el comedor, colegio, niñera, luz, agua, gasilina, gastos del coche, ocio del niño y ropa).. Ademas esta puesto en el borrador una mentira gorda que es la siguiente, ¿el niño dentro de 2 año ira a un cole privado (elle dice que no supera los 300 pero que según lo que yo he visto cuesta 580 euros al año)Allí claro que como padre tendrá que pagar la mitad de los gastos pero ella podría pedirle aun más dinero por la pensión?
Se que me estoy adelantando porque todo ocurrirá dentro de 2 año pero quiero ir sobre seguro y poder pillarla por mala persona.
Mi amigo paga hasta ahora 600 euros porque el lo quiere pero ella ahora le exige los 800 el podrá dentro de 2 año reclamarle esa diferencia porque el juez no ha firmado.No se si me explico bien. Referente a su futura casa de alquiler pues ya tengo la repuesta que me distes.
Muchísimas gracias.
¿También a parte de internet ves a tus clientes por si un día quiero ir a verte?
Un saludo
Ante todo desearte un Feliz 2010 lleno de felicidad, salud y éxito profesional.
Contestando a tus preguntas decirte que lo normal en los procesos de mutuo acuerdo es que las partes empiecen a cumplir lo pactado en ellos (es decir, régimen de visitas, comunicaciones, alimentos, etc...) desde el momento de su firma. Esto tiene su razón de ser en que en primer lugar se presupone que existe una buena relación entre las partes y en segundo lugar se entiende que los pactos han sido consesuados en interés del menor y van a ser aprobados por el Ministerio Fiscal.
Por lo tanto, tu amigo en principio podría comenzar a pagar ya la pensión de alimentos que hayan acordado en el Convenio Regulador y a disfrutar de su niño según el régimen de visitas y comunicación que hayan acordado.
Respecto a tu otra pregunta, por lo que dices, ¿en el Convenio Regulador tu amigo y su mujer han acordado que la pensión de alimentos sea de 800?. Y además se ha estipulado que dentro de 2 años el niño irá a un Colegio privado, del cual no se ha estipulado precio pero si se ha dicho que ese coste será asumido por los dos por mitad. ¿Es así? Si fallo en alguna de mis apreciaciones te agradecería que me corrigieras.
Realmente para poder asesorarte correctamente sobre este punto necesitaría que me pudieras facilitar el párrafo completo del Convenio Regulador que lo recoge. Te lo comento porque en estos casos todo depende mucho de las palabras que se utilicen.
Lo normal es que ese gasto de Colegio privado se haya recogido como un gasto extraordinario que efectivamente se tiene que pagar por el padre y la madre al 50%, y que tiene que abonarse al margen de la pensión de alimentos.
Pero también es normal que cuando se hable de los gastos extraordinarios en el Convenio Regulador se añada una precisión que diga que tendrán que ser acordados por los dos progenitores, y que en defecto de acuerdo decidirá el Juez. Esto en la práctica implicaría que la ex mujer de tu amigo tendría que consultarle previamente todo gasto extraordinario, y si tu amigo no está de acuerdo por ejemplo, con el precio de ese Colegio en este caso o con el tipo de educación no pueda obligársele a pagarlo sin más.
Es una garantía ya que lo contrario supondría dejar en manos de su ex mujer todas las decisiones. Desconozco como habrán reflejado sus abogados este punto en el Convenio Regulador pero sería muy interesante saberlo exactamente para poder asesorar mejor a tu amigo sobre las consecuencias de ello en el futuro.
Espero haber resuelto tus dudas, de todos modos si continuáis teniendo cualquier pregunta estaré encantada de ayudaros como siempre.
Además si en algún momento estás interesado en concertar una cita conmigo no habrá ningún problema ya que también atiendo a mis clientes en mi despacho, que está situado en Alicante, Avenida Maisonnave, nº 27, bajo.
Contestando a tus preguntas decirte que lo normal en los procesos de mutuo acuerdo es que las partes empiecen a cumplir lo pactado en ellos (es decir, régimen de visitas, comunicaciones, alimentos, etc...) desde el momento de su firma. Esto tiene su razón de ser en que en primer lugar se presupone que existe una buena relación entre las partes y en segundo lugar se entiende que los pactos han sido consesuados en interés del menor y van a ser aprobados por el Ministerio Fiscal.
Por lo tanto, tu amigo en principio podría comenzar a pagar ya la pensión de alimentos que hayan acordado en el Convenio Regulador y a disfrutar de su niño según el régimen de visitas y comunicación que hayan acordado.
Respecto a tu otra pregunta, por lo que dices, ¿en el Convenio Regulador tu amigo y su mujer han acordado que la pensión de alimentos sea de 800?. Y además se ha estipulado que dentro de 2 años el niño irá a un Colegio privado, del cual no se ha estipulado precio pero si se ha dicho que ese coste será asumido por los dos por mitad. ¿Es así? Si fallo en alguna de mis apreciaciones te agradecería que me corrigieras.
Realmente para poder asesorarte correctamente sobre este punto necesitaría que me pudieras facilitar el párrafo completo del Convenio Regulador que lo recoge. Te lo comento porque en estos casos todo depende mucho de las palabras que se utilicen.
Lo normal es que ese gasto de Colegio privado se haya recogido como un gasto extraordinario que efectivamente se tiene que pagar por el padre y la madre al 50%, y que tiene que abonarse al margen de la pensión de alimentos.
Pero también es normal que cuando se hable de los gastos extraordinarios en el Convenio Regulador se añada una precisión que diga que tendrán que ser acordados por los dos progenitores, y que en defecto de acuerdo decidirá el Juez. Esto en la práctica implicaría que la ex mujer de tu amigo tendría que consultarle previamente todo gasto extraordinario, y si tu amigo no está de acuerdo por ejemplo, con el precio de ese Colegio en este caso o con el tipo de educación no pueda obligársele a pagarlo sin más.
Es una garantía ya que lo contrario supondría dejar en manos de su ex mujer todas las decisiones. Desconozco como habrán reflejado sus abogados este punto en el Convenio Regulador pero sería muy interesante saberlo exactamente para poder asesorar mejor a tu amigo sobre las consecuencias de ello en el futuro.
Espero haber resuelto tus dudas, de todos modos si continuáis teniendo cualquier pregunta estaré encantada de ayudaros como siempre.
Además si en algún momento estás interesado en concertar una cita conmigo no habrá ningún problema ya que también atiendo a mis clientes en mi despacho, que está situado en Alicante, Avenida Maisonnave, nº 27, bajo.
Estimada (xxxxxx), si te ayudé a resolver tu pregunta y no tienes más dudas que ppreguntarme agradecería que me puntuaras ya que si no lo haces me sigue apareciendo tu pregunta como activa.
Muchas gracias por la ayuda, me vino muy bien a entender ciertas cosas y espero aplicarlas dentro de 2 años.
Espero poder contar contigo con dudas que tendré más adelante.
Un saludo
Mela
Espero poder contar contigo con dudas que tendré más adelante.
Un saludo
Mela
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