¿Puedo irme con mi hijo a vivir al extranjero?

Tengo la custodia de mi hijo legal mediante convenio de mutuo acuerdo, me caso con mi pareja, él es suizo y queremos ir a vivir juntos, mi hijo está registrado en el colegio en Suiza y comienza las clases a finales de Agosto, el padre tiene conocimiento de todo, estamos con abogados pero no nos ponemos de acuerdo en el régimen de visitas, el padre quiere que el niño venga cada 15 días y a mi me parece una locura, le he ofrecido todas las vacaciones escolares del niño, allí cada 6 semanas de colegio tienen 10 días de vacaciones, luego 1 mes en verano y 15 días en Navidades, entiendo que yo tengo que ofrecerle ese régimen para contrarrestar las visitas de cada 15 días, y me parece lógico, mi pregunta es si me puedo marchar con mi hijo sin problemas poniendo una demanda de modificación de medidas ante el juez.

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Si no lo entiendo mal, usted tiene una resolución judicial que le concede la custodia de su hijo, según convenio de mutuo acuerdo regulador del divorcio. No obstante, ¿qué se dice sobre la residencia y el domicilio del menor? ¿Está previsto, de alguna manera, la posibilidad de que pueda ir a residir fuera de España?. De no ser así, mucho me temo que, sin la autorización del padre no podrá llevar a cabo dicho cambio.
El tema es serio. Piense que el código penal español, artículo 225 bis, establece como delito, castigado con pena de cárcel, para el progenitor que actuara en la forma que usted comenta, si no obtiene previamente las autorizaciones pertinentes.
En este estado de cosas, no puede marcharse con el niño. Deberá, insisto llegar a un acuerdo con el padre para presentar una modificación de medidas que recoge la posibilidad de que el menor pueda residir en el extranjero, y que dicho acuerdo obtenga el visto bueno del juzgado, aprobando el cambio de medidas. Piense, por otro lado, que estamos en mala época para hacer mover papeles en los juzgados. Por lo que no debe dejarse llevar por decisiones repentinas y, si no hay forma de ponere de acuerdo, solicitar usted unilateralmente la modificación judicial de las medidas, pero la resolución de todo esto irá para largo y mientras tanto, de ninguna manera le aconsejo que cambie la residencia del niño.
En el convenio se fijo la residencia aquí, aunque hay una clausula que permite salir al niño fuera de España sin consentimiento, el padre y yo tenemos una casa la cual hemos decidido que yo me hago cargo de la hipoteca y vamos a firmar una extinción de condominio y subrogación de hipoteca a mi nombre, dado que yo me marcho a Suiza con un trabajo, y empiezo el 1 de Septiembre, la matricula de mi hijo del colegio de aquí, el padre no la pagó por que sabía que nos íbamos, el accede a que nos vayamos pero aun no hay acuerdo en el régimen de visitas, yo lo que quiero saber es si cuando haya presentado la demanda de modificación de medidas me puedo ir con mi hijo, veo que empieza el curso en Suiza y aún estamos aquí, creo que el padre lo sabe ya con muchísima antelación y lo único que ha hecho ha sido alargar el tema, mi abogada tiene confirmación por parte de su abogada de que están por la labor de negociar, pero entre una y la otra de pasan 15 días sin hablar entre ellas, y veo que al final no hacen nada por intentar que lleguemos a un acuerdo.
Yo hablo con el padre por mi cuenta para intentar llegar a un acuerdo por que creo que es lo mejor, pero mi consulta es si una vez puesta la demanda por mi parte yo me puedo ir, gracias.
El consentimiento del padre es el punto fundamental para poder llevar consigo a su hijo. Por lo tanto, porque considero que la cuestión formal es muy importante para no llevarnos sobresaltos ni sorpresas desagradables posteriormente, si en la modificació de medidas que están tramitanto ustedes dejan claro este punto y cierran la cuestión de las visitas paternas, el documento firmado por ustedes dos ya cobra efectos legales.
Es decir que, teniendo presente, no obstante, que siempre se puede descolgar el juzgado con algún tipo de "vistilla", es decir comparecencia ante el juez o conversación con el menor, tiene todos los elementos legales para poder tener a su hijo con usted sin necesitar esperar a sea resulta la demanda.

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