Pago de manutención en vacaciones

Tengo una duda que me asalta desde hace tiempo, te explico brevemente:
Tengo una niña de 8 años cuya patria potestad(compartida con el padre) y guardia y custodia tengo adjudicada desde abril del 2005. El padre ademas del disfrute de los fines de semanas alternos, y los periodos de vacaciones escolares que le corresponden, tiene que pasarle una manuntecion de por euros mensuales, siendo esta cantidad aumentada según el ipc de cada año, hasta ahí todo bien, pero desde que salio la sentencia de la custodia(nunca nos llegamos a casar, solo vivíamos juntos) el periodo de vacaciones de verano, que seria un mes completo(julio o agosto)cada uno para estar con la niña lo hemos hecho de manera que la niña no sufriera, por ejemplo un año, estuvo con el padre los fines de semana de un mes y entre semana conmigo, y el otro mes al revés, otro año, 15 días de cada mes con uno de nosotros, todo para que la niña no estuviera mucho tiempo con uno sin ver al otro progenitor, y nunca ha habido problemas ni con la niña ni con la manutención que el le debe pagar incluso en estos meses de vacaciones.
Te explico todo esto porque mi niña ya tiene 8 años como dije antes y en junio le propuse que fuera ella la que decidiera cuando quería estar con el padre:
Una semana cada uno, 15 días o el mes completo.
Ella decidió estar el mes completo con cada uno, por lo que el día 1 de julio fue a casa de su padre(la veo los martes y jueves una hora por la tarde por que viene a clases de baile), y me pregunta es:
¿Se puede negar el padre a pasar la manutención de este mes de julio alegando que ha estado con el? En la sentencia pone que él tiene que pasarla mensualmente sin poner ningún tipo de aclaración al respecto sobre este tema y tengo dudas...
Respuesta
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No. La pensión por alimentos que se fija a favor de los hijos, aunque se suele aludir a tantos euros mensuales, ello no quiere decir que los meses en que no estén con el progenitor que tiene la custodia cese la obligación de ingresar la cantidad mensual acordada. La pensión se fina para todos los meses del año.
Por lo tanto, de no pagar el mes de julio, puede usted efectuar la denuncia correspondiente, informándole que el impago de la pensión puede significar para el padre un ilícito penal.
Reciba un saludo cordial.
Antes de nada, agradecer su labor realizada en esta web que de tanta ayuda me ha servido a lo largo del tiempo, y por otro lado, muchísimas gracias por la reapidez en la respuesta y en la respuesta en sí.Me imaginaba una respuesta similar, pero quería confirmarlo con alguien entendido en el tema.
Repito, muchísimas gracias.

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