Proteger bienes de deudas heredadas

El padre de mi novio falleció dejando deudas, y creo que la declaración de herederos no la hicieron a favor de inventario.
Nos hemos comprado un piso a nombre de los dos, hasta que punto pueden los acreedores reclamar la parte que le corresponde a el de las deudas heredadas, utilizando su parte del piso.
Como va eso, pueden embargar el piso siendo una parte mía, y si otro piso esta avalando el nuestro, podrían tirar de ese también, aunque no tenga nada que ver con el fallecido.
Es recomendable poner el piso unicamente a mi nombre. ¿Cómo se haría eso?
Respuesta
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El heredero que acepta la herencia ( sin ser a beneficio de inventario) responde de la deuda porque acepta bienes y deudas del causante. Responde con todos sus bienes, en este caso con la mitad indivisa de la vivienda que vais a comprar. Tu mitad indivisa nopodria ser embargada ( salvo que comprarasi el piso después de casaros en régimen de gananciales )
En cuanto al piso que avala el vuestro,, o que realmente avala es el pago del crédito hipotecario por tanto no respondería más que de este crédito, no de otras deudas.
Si pones el piso a tu nombre os aconsejo que en documento privado estipuléis quela compra se hacer proindiviso y la forma de repartiros el diniero de la venta . Y esto en previsión de que evitaros discusiones en caso de una posterior venta del inmueble
POr tanto comprad el piso a tu nombre antes de la boda y haced un documentos privado estipulando el reparto en caso de venta o para el caso de que rompáis la relación y alguno de los dos se adjudique la totalidad del inmueble
Espeto haberte sido de utilidad y necesitras ampliación puedes ocntestarme por esta vía o a mi email
Mª Angeles Ponce
[email protected]
Buenos días, gracias por la aclaración.
Pero quería comentarte que el piso ya lo compramos y lo escrituramos en Septiembre, por lo tanto si fueran a embargar su mitad proindivisa, que pasaría con la mía, ¿podrían quitarnos el piso por completo?.
No estamos casados y no tenemos intención de momento, pero si nos casáramos y el nombre siguiera a nombre de los dos, yo respondería también entonces con mi parte de la deuda.
Para cambiar ahora las escrituras, es muy complicado, supone muchos gastos.
Muchas gracias, me interesa saber todo esto, porque tengo que tener las cosas claras antes de hablarlo con mi pareja.
Embargarían si no pagáis la deuda la mitad individa de él, la tuya no, y si no se paga esa deuda podrían subastar esa mitad indivisa y adjudicársela un tercero
Ese tercero podría solicitar al juzgado la división de la cosa común y en ese caso se valoraría el inmueble y se subastaría si no se llega a un acuerdo, asique lo que aconsejo es tu novio pacte el pago de la deuda o ( si os sale más a cuenta ) poner el piso a tu nombre

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