Ex no devuelve niños

Según convenio de divorcio, a mi ex le corresponden en verano una quincena de julio y otra de agosto, con los niños. Este fin de semana lo han pasado con él. Debería traerlos hoy a casa. Ayer me dice que no les va a traer en toda la semana. Además, no sé dónde viven los niños cuando están con él. No se me notifican los cambios de domicilio de los pequeños (4 y 7 años). ¿Qué puedo hacer?

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Si no trae a los menores cuando le corresponde, una vez transcurrido al menos dos horas desde la hora en que debía devolverlos ( para evitar problemas), acuda a una comisaría con el convenio, así como mensajes o emails, donde hayan ustedes acordado las visitas ( si existen) y proceda a poner una denuncia.

Puede igualmente acudir a la vivienda del padre y estando allí, con toda la documentación, llamar a la policía indicando que su marido no le quiere entregar a los menores.

Suerte

Muchas gracias. Así lo hice, puse la denuncia. Ahora tenemos fecha para juicio de faltas. ¿En qué consiste? ¿Qué va a pasar ahora?

Muchisimas gracias

Puede ir con o sin abogado ( siempre es recomendable) si tiene testigos es importante informar de ello al Juzgado con antelación para que les cite y puedan estar presentes el día del juicio. Hay que asistir con toda la prueba de la que quiera usted valerse. A partir de ahí el juez dictará sentencia que puede ser al finalizar el juicio o en un plazo de 3 días ( esto depende de los juzgados en función de saturación, volumen de trabajo etc...)

¿Qué puede pasar? Pues imposible saberlo, dependerá de su señoría. Puede archivar, puede "darle un tirón de orejas", puede imponerle una multa económica, y normalmente si todo van con normalidad, la obligación de devolución de los menores.

La ventaja de esto es que, si cada vez que incumple, se denuncia... y en cada denuncia se aporta las denuncias anteriores así como las resoluciones... cuando a un juzgado llega una persona que reiteradamente incumple lo establecido en sentencia, dependerá del juez, pero pueden llegar incluso a tomar medidas civiles como la suspensión del régimen de visitas durante un tiempo, o a través de puntos de encuentro etc.. depende de los jueces, pero para llegar a estos casos, tiene que haber habido mucha reiteración en las conductas y haber quedado muy bien acreditadas.

Suerte

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