Mi esposo y yo queremos divorciarnos, pero quiere quedarse con todos los bienes que tenemos.

Mi esposo y yo queremos divorciarnos pero tengo un problema respecto a los bienes, el durante dos años siempre me ha dado dinero de lo que trabajaba, las cosas que tenemos (computadora, dvd, etc) las compro con el dinero que mis abuelos enviaban, pero como dice que durante muchos tiempo me ha dado el dinero que todos los aparatos le corresponden a el, ¿podrías decirme que hacer?

2 respuestas

Respuesta
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Bluemaryx:
Lo que corresponde hacer es en lo posible presentar las boletas de compra de esos productos, acreditando que tu los compraste, de esa manera el no tiene como demostrar que se compraron que el dinero que el te daba. Aun si el quisiera sostener que son de el, porque el te daba la plata, es bastante difícil, dado que el dinero que el te da es para ti y no para que compres cosas a nombre de el. El dinero que el te da para tu sustento es tuyo, y por ende lo que tu compres con el es tuyo y no puede alegar lo contrario.
Ademas seria importante acreditar cuales son las cosas que compraste cuando ya estaban separados, de esa forma no tiene posibilidad de reclamar su pertenencia.
Atento a otras dudas
Te Saluda
Amorven
Los recibos están todos a nombre de el pero ya se extraviaron osea que ya no tenemos recibos como nos mudamos todas esas cosas se perdieron de cualquier forma los recibos de western union los tienen mis abuelos y esos están a nombre de ellos
Bluemaryx:
Si tienes recibos de dineros aun mejor, de esa manera demuestras que tu tienes otros ingresos que no provienen de el. De todas maneras como te explicaba el no puede hacerse dueño de lo que tu compres con el dinero que el te da, ese dinero es tuyo y lo que compras también lo es.
Atento a más dudas
Te Saluda
Amorven
Los recibos siempre los hacíamos a nombre de el pero con la mudanza muchos de ellos por no decir todos se extraviaron, pero mis abuelos con respecto a los envíos que me hacían deben de tener las copias, ¿cómo ahí que se hace?
Bluemaryx:
Como te he dicho anteriormente, no tienes problemas, esos bienes son tuyos y aunque el te de dinero no puede adueñarse de ellos.
Atento a otras dudas
Te Saluda
Amorven
Respuesta

Esto es lo que dice el CC español, evalúa consecuentemente tu mism@:

Enumeración de bienes privativos.

Son bienes privativos de cada uno de los cónyuges:

1. Los bienes y derechos que le pertenecieran al comenzar la sociedad.

2. Los que cada cónyuge adquiera después a título gratuito (por herencia o donación, básicamente).

3. Los bienes adquiridos a costa o en sustitución de otros bienes privativos.

4. Los adquiridos por derecho de retracto perteneciente a uno sólo de los cónyuges.

5. Los bienes y derechos patrimoniales inherentes a la persona y los no transmisibles "inter vivos" (se refiere a cualquier negocio jurídico que no sea por causa de muerte o “mortis causa”)

6. El resarcimiento por daños inferidos a la persona de uno de los cónyuges o a sus bienes privativos.

7. Las ropas y objetos de uso personal que no sean de extraordinario valor.

8. Los instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión u oficio, salvo cuando éstos sean parte integrante o pertenencias de un establecimiento o explotación de carácter común.

Los bienes mencionados en los apartados 4º y 8º no perderán su carácter de privativos por el hecho de que su adquisición de haya realizado con fondos comunes de la sociedad; pero en este caso, la sociedad será acreedora del cónyuge propietario por el valor satisfecho (es decir, la sociedad tiene un crédito contra dicho cónyuge).

Si lo reclamado se haya en lo prescrito, ADELANTE! Ponte en manos de un profesional y reclama lo propio!

Suerte!

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