Bienes gananciales

Llevo casada 7 años, sin hijos y en régimen de bienes gananciales. Me estoy planteando la idea de pedir la demanda de separación pero no quiero hacerlo hasta después del verano para intentar darnos un tiempo antes de la separación, mi duda radica en que me gustaría comprarme un coche para mi co los ingresos de mi nomina pero al estar en régimen de bienes gananciales no se si puedo hacerlo o si por el contrario mi pareja puede decir algo. Espero que aclaréis mi duda como siempre lo habéis hecho.

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En el régimen de gananciales, son bienes privativos los adquiridos por uno de los cónyuges a costa o en sustitución de los bienes privativos de uno.
Ocurre lo siguiente, que si lo vas a comprar con tu nómina, y dicha nómina se ingresa en una cuenta conjunta, podría decirte que está pagado con dinero ganancial.
El art. 1356, establece que los bienes adquiridos por uno de los cónyuges, constante la sociedad, por plazos, es ganancial si el primer pago se hace con dinero ganancial (o tu dinero de nómina pero de cuenta conjunta), aunque el resto se pague con dinero privativo. Si el primer pago fuese con dinero privativo, el bien tendrá este carácter.
Con esto mi recomendación es que el coche esté única y exclusivamente a tu nombre, que el primer y sucesivos pagos, se haga con dinero de tu nómina, y que esa nómina esté en una cuenta privativa, y los pagos se hagan de una cuenta privativa, guardando todos los justificantes del banco de los pagos, en los que se demuestre que el pago se hace única y exclusivamente con tu dinero.
De esta forma, nada te podrá reclamar del coche, si os separáis. Si no podrá decir que es ganancial, y tendrá derecho a la mitad.

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