Tengo hijos y me veo obligado a irme fuera de España a trabajar.

En España no tengo trabajo en latinoamérica si.

Hace 4 años nos separamos, mejor dicho mi ex se fue y al poco tiempo ya tenia pareja, lo pase bastante mal, y al poco tiempo me dio 2 opciones referente a nuestro hijo en común. O realizamos convenio regulador o me denunciaba, para que la pasara una pensión. Entre las presiones que tenia que fueron muchas decidí realizarlo.

La custodia se la dieron a la madre a mi régimen de visitas y pensión alimentaria.

En los últimos 3 años todo ha ido mas o menos bien, pero desde hace 1 año aprox, no tengo ingresos y tampoco trabajo,

Entre toda esa mala racha conocí a una persona latinoamericana que me ayudo mucho en esos ratos de angustia y decidimos formarnos como pareja. Ella conoce gente en su país y me ha propuesto un trabajo, me quedan muy pocas opciones ya que dentro de poco no tendré ni para pagarme el alquiler de la casa y tampoco poder pasar dinero a mi familia.

Hable con mi ex, la dije que si no encontraba trabajo en España me tendría que ir fuera.

Ella me comento que me iba con una mujer y abandonaba al niño.

Ella actualmente tiene su pareja formal y vive muy holgadamente.

He recibido una llamada del que dice ser su abogado para decirme que su cliente quiere que yo dé el primer paso para que solicite un cambio en el convenio regulador o me pone una denuncia por no cumplir el régimen de visitas si me marcho.

Yo le he dicho que de ninguna manera quiero perder a mi hijo, que lo que a mi me gustaría es poder tener a mi hijo que ella lo tuviera 1 año y yo el año siguiente ya que el niño es de los dos, me ha contestado que eso es imposible.

Por favor, en breve me quedo sin ingresos y sin techo para vivir y sin nada que ofrecer a mis hijos.

Tengo 2 hijos de distintas Madres la mamá del mayor no me pone ningún problema es mas me dice que lo tengo que hacer por mi bien.

La mamá del pequeño no comprende que dentro de poco no tengo ni para comer.

Llevo 1 año de tratamiento psiquiátrico y los médicos me aconsejan que no viva solo.

La casualidad que la persona que conocí es medico y quiere ayudarme en mi problema ademas de conseguirme trabajo, fuera de España en su País.

Por favor necesito que me asesoren ya que no se que puedo hacer.

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Vamos a ver, la posibilidad que plantea de un año con cada uno, si no hay acuerdo entre las partes, no va a ser posible. Judicialmente, ya es difícil que concedan la guarda y custodia compartida ( salvo en determinadas provincias con derecho foral propio y siempre que se den determinados requisitos), imposible ésta si radican en provincias distintas, mucho menos si hablamos de países diferentes.

En estos casos cómo se debe proceder: si no hay medios económicos, hay que solicitar modificación de medidas por haber un cambio sustancial de las circunstancias que dieron lugar al convenio regulador ( este supuesto es siempre obligatorio, pues en caso contrario daría lugar a responsabilidades y se podría ejecutar). Si va a salir del país por temas de trabajo, con más razón. Lo que se va a modificar, en principio es el régimen de visitas, y este se realiza de modo que, los períodos vacacionales al completo, los pasa con el progenitor que se encuentra en el extranjero. En este caso, solicite que los gastos de traslado corran por cuenta de ambos, puesto que no es por gusto que usted abandona el país, sino por una cuestión de necesidad que va a redundar en beneficio del menor. Su abogado deberá acreditar la situación económica actual y la que va a poder tener, puesto que al final, todo va a girar, como le he dicho, en un beneficio para el menor. Si no tiene medios, siempre puede solicitar justicia gratuita. Pero es OBLIGATORIO la solicitud de la modificación de las medidas.

Cuando el menor tenga una determinada edad, a partir de los 14, podrá expresar su deseo de vivir con uno o con otro. De ser el caso que quiera residir con usted, se debería de nuevo solicitar modificación de medidas solicitando que el menor sea escuchado. En ese caso los jueces, si el razonamiento del menor es correcto ( es decir, tienen suficiente juicio) el juez ordenará, muy posiblemente, conforme deseo del menor.

Mucho ánimo y suerte.

Sometiendo esta respuesta a una mejor opinión fundada en derecho.

Estimado Experto tengo que darle las gracias pues este breve comentario me hace ver como en principio debo proceder.

Le saludo atentamente.

Francisco.

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