Dudas sobre herencia

No se si me podrá ayudar, pero ya estoy desesperada y estoy muy perdida y sin saber a quien acudir. Le comento mi caso, y si por lo menos me pudiera asesorar en algo le estaría muy agradecida.
Somos 5 hermanos, 4 de nosotros nacidos en el primer matrimonio de mi padre, el cual tras enviudar, siendo nosotros muy pequeños, volvió a casarse teniendo con esta segunda esposa otro hijo. Actualmente hace 3 años que mi padre falleció. El dejó en el testamento a su segunda esposa usufructuaria vitalicia de todos sus bienes, que son una empresa y multitud de viviendas. De dicha empresa todos mis hermanos y yo tenemos cada uno el 5% de los beneficios ya que mi padre constituyó la sociedad así, y ella debería de percibir el 75% de los beneficios, que era la parte de la empresa que poseía mi padre. Aunque yo no poseo ningún documento donde conste estos porcentajes, pero mi padre estando en vida nos lo dijo y supongo que existe en alguna parte, aunque mi madrastra se niega a facilitarme cualquier documento o escritura de constitución de la empresa, creada cuando mis hermanos y yo eramos menores. Nosotros hemos reclamado nuestro 5% de beneficios, pero ella se niega a darlo, ya que dice que al tener ella el 75% del usufructo de la empresa tiene derecho a decidir lo que se le venga en gana, y decide no darnos ese 5%. ¿Es esto así? ¿Es legal lo que hace? ¿Ser usufructuaria del 75% le da también derecho a actuar como propietaria-socia, o la condición de socios y propietarios la tenemos mis hermanos y yo al ser nudos propietarios? ¿Es correcto el testamento que mi padre dejó teniendo en cuenta que ella no es mi madre? ¿Permite la ley esto? ¿O los 4 hermanos que somos ya huérfanos de padre y madre tenemos algún derecho a reclamar alguna parte? Ya que el hijo que ella tuvo con mi padre esta bastante protegido por ella. Por otra parte me surge otra duda; mi padre tenia el usufructo de la parte de mi madre bilógica, y al fallecer ambos, mis hermanos y yo ya podemos coger la parte esta de mi madre, ¿no? La duda que me surge es que no sabemos si la parte que mi padre adquirió con mi madre biológica también pasaría a nosotros o si pasaría también a ser usufructuada por mi madrastra. Nosotros aunque somos todos mayores de edad (edades entre 23 y 28 años)nos sentimos que nos hemos quedado prácticamente en la calle, ya que ella al tener el usufructo de TODO hace lo que le da la gana, amenaza con echarnos de la casa donde vivíamos con mi padre y ella si no hacemos lo que ella quiere. Por favor necesitamos que alguien nos asesore un poco y nos informe de nuestros derechos.

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Creo poder ayudarte y es sencillo aunque lo mejor que podéis hacer ( y supongo que ya lo habréis echo es coger un abogado) pero yo te voy a intentar ayudar en lo que se.
Mira lo primero te voy a pasar a definir lo que es el usufructo:
El usufructo es el use y disfrute de una finca o bien material en vida.
Esto es sencillo vuestro caso es bastante complicado ademas de tener una madrastra peor que la de los cuentos jajja bueno dejémonos de bromas que esto no es ninguna broma.
A la pregunta de que tu padre tenia el usufructo de las propiedades y al fallecer este, el usufructo pasa a tu madrastra es incierto por que como la palabra dice es: en vida del usufructuario y cuando este fallece pasa a ser propiedad de los que tienen la nuda propiedad.
El usufructo no se puede heredar ya que no es algo tangible.
Así que vosotros por ahora ya tenéis la parte de vuestra madre de momento así que nadie os puede echar de ninguna parte y ademas vuestra madrastra no puede hacer nada por que sin vuestra firma no puede hacer ninguna transsaccion económica no autorizada por vosotros, incuso de la parte heredada.
No se si tendrás alguna pregunta más o si te habré ayudado en algo pero si tienes alguna pregunta más dime.
Muchas gracias por su ayuda. Me ha aclarado bastante, aunque aun me quedan algunas dudas. Mi madrastra si que tendría el usufructo de la mitad de las casas que eran de mi padre y mi madre biológica, ya que esa mitad pertenecía a mi padre, ¿no?. Bueno, y otra duda... no se si usted sabrá de derecho mercantil, seguro que más que yo, así que le comento... Resulta que mi padre tenia montada una sociedad limitada, en la que el poseía el 75% de las participaciones y mis cuatro hermanos y yo cada uno el 5% de las participaciones. Al fallecer mi padre, mi madrastra ha quedado usufructuaria de ese 75% de participaciones... ¿pero le da eso derecho a ser socia de la empresa? Es que he estado leyendo por internet información sobre sociedades limitadas y según dice, tener el usufructo de unas participaciones no da derecho a ser socio, sino que este papel lo desempeñarían los nudos propietarios, o sea, mis hermanos y yo. ¿Es esto así?. Muchas gracias de antemano. Agradezco mucho su interés. Hasta pronto.
Si te puedo ayudar en lo que me preguntas vamos por partes
1.- Tu madrastra tiene en su poder el 25% de lo de tu padre en usufructo, te lo voy a intentar explicar.
Vuestro caso:
Matrimonio con 4 hijos con unas propiedades de: 2 casas y 75% de una s.l. vale
Cuando hay un matrimonio a bienes gananciaes como se casaron tus padres las propiedades se reparten al 50% entre los conyujes al fallecer uno de ellos y no haber dejado testamento o al haber dejado un usufructo pasa lo siguiente:
El 50% del fallecido pasa a ser divido de la siguiente forma: el 25% para el otro cónyuje y el 25% restante para los hijos (esto si en el testamento no se marca que todo el porcentaje de los bienes del fallecido pase a los hijos, si esto fuese así el cónyuje solo recibiría el usufructo de esas propiedades y los hijos el 50% del fallecido).
Al morir tu padre ( que por cierto lo siento) y dejar el usufructo a tu madrastra como me dijiste le dejó el usufructo de su 50% pero de ese 50% el 25% se tiene que dividir entre los 5 ya que tu hermanastro es también hijo de el y el otro 25% si es de tu madrastra ya que se casaron en bienes gananciales.
Es decir y resumiendo vosotros ( los 4 hermanos del primer matrimonio) tenéis el 50% a partes iguales de vuestra madre y el 5 % de los bienes de vuestro padre, es decir, tu y tus 3 hermanos tenéis el 17,5% de todos los bienes tu hermanastro el 5% y vuestra madrastra el 25% y el usufructo de otro 25% (te recuerdo que el usufructo no significa propiedad).
2.- Lo primero no tiene el 75% el 37,5% lo habéis heredado por parte de madre ya tu y tus hermanos, y por parte de padre tenéis el 3,75% cada uno de los 5 aunque la usufructuaria sea vuestra madrastra pero solo le pertenece el 18,75%.
Y tienes razón no puede hacer nada sin vuestro consentimiento expreso ya que vosotros tenéis la nuda propiedad.
Espero haberte sido de ayuda si tienes más preguntas estaré encantado de ayudar sino finalizame y suerte con esa mal nacida.

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