Alquiler sobre una vivienda con usufructo

Tengo que liquidar una herencia de dos viviendas a repartir entre dos partes. El problema es que una de ellas está alquilada, dicen que desde enero de 2008, con un contrato de 5 años. Casualmente, la vivienda ha sido alquilada a la hija de la persona que ha controlado el patrimonio de la propietaria, fallecida en agosto. Y ahora me veo en problemas para liquidar los pisos. Bueno, ¿el alquiler es irrisorio 300?.
Mi primera pregunta es ¿Si yo no estoy de acuerdo con este alquiler? ¿Tengo qué aceptarle? ¿Qué tengo que hacer para que esa persona se vaya de piso?

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En su pregunta dice: "Alquiler sobre una vivienda con usufructo".
Después habla de un alquiler y de dos viviendas que tiene que liquidar.
¿Qué entiende usted por liquidar?
¿A qué viene el usufructo en todo esto?
Respecto al alquiler, el usufructuario puede alquilar un piso. Ahora bien, el usufructo termina cuando el usufructuario fallece.
El Código Civil dice en su
<a name="a480">Artículo 480.</a>
Podrá el usufructuario aprovechar por sí mismo la cosa usufructuada,
arrendarla a otro y enajenar su derecho de usufructo, aunque sea a
titulo gratuito, pero todos los contratos que celebre como tal
usufructuario se resolverán al fin del usufructo, salvo el
arrendamiento de las fincas rústicas, el cual se considerará
subsistente durante el año agrícola.

Yo entiendo que el contrato queda rescindido. Pero no soy abogado. Mejor que lo consulte con uno, ya que además, le va a hacer falta si quieren anularlo y tratar con el inquilino para que se vaya (o subirle la renta si quieren ustedes), que seguro que se va a negar.
Espero haber contestado a su pregunta. Si no tiene más que añadir, le ruego valore y finalice la pregunta para que se me quede libre. Dispongo de un número limitado de preguntas abiertas.

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