Anónimo
Calculo de herencia
Quería saber el porcentaje de herencia(en este caso una casa) que le toca
a cada hijo partiendo de :la madre muere sin testar y el padre muere años después
testando todo (excepto la legitima de el otro) en favor de uno de ellos.
a cada hijo partiendo de :la madre muere sin testar y el padre muere años después
testando todo (excepto la legitima de el otro) en favor de uno de ellos.
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Respuesta de El Fede
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Si entiendo bien, hay una casa. De un matrimonio. Este matrimonio tiene varios hijos (al menos dos o más).
Ahora al fallecer el último de los cónyuges, el padre hace testamento dejando toda su herencia a uno solo de sus hijos.
Es decir, que el otro hijo, o los otros hijos, solo reciben la legítima de su madre, pero no la de su padre.
Pues me temo que no es legal. Que el testamento podría ser impugnado. Un padre no puede quitar la legítima a uno de sus hijos. (Salvo fueros, como los aragoneses y tal, porque no dice de qué comunidad son los fallecidos).
Lógicamente, habrá que leer bien el testamento y analizarlo. Raro es que si el padre al hacer testamento le dice al notario que tiene varios hijos, que el notario haga un testamento como ese. Pero puede haber ido al notario y decir que solo tenia un hijo y que a él le deja todo.
Además, dice que fallece "testando todo (excepto la legítima del otro". Pues tampoco. La legítima del otro es una tercera parte de su herencia. ¿Qué pasa con las otras dos terceras partes que son de la difunta? Porque según lo que dice el padre se las deja a uno de sus hijos.
Pues NO. Tampoco puede. ¿Cómo va a dejar en testamento a favor de un hijo algo que no es suyo, sino de su difunta esposa que falleció sin dejar testamento y por lo tanto es de sus herederos?
En fin, que lleven los documentos a un abogado, y que los estudie, porque sin leer los papeles y es muy difícil dar un consejo. Después obran en consecuencia.
Por favor, no olvide valorar y finalizar la pregunta para que se me quede libre.
Ahora al fallecer el último de los cónyuges, el padre hace testamento dejando toda su herencia a uno solo de sus hijos.
Es decir, que el otro hijo, o los otros hijos, solo reciben la legítima de su madre, pero no la de su padre.
Pues me temo que no es legal. Que el testamento podría ser impugnado. Un padre no puede quitar la legítima a uno de sus hijos. (Salvo fueros, como los aragoneses y tal, porque no dice de qué comunidad son los fallecidos).
Lógicamente, habrá que leer bien el testamento y analizarlo. Raro es que si el padre al hacer testamento le dice al notario que tiene varios hijos, que el notario haga un testamento como ese. Pero puede haber ido al notario y decir que solo tenia un hijo y que a él le deja todo.
Además, dice que fallece "testando todo (excepto la legítima del otro". Pues tampoco. La legítima del otro es una tercera parte de su herencia. ¿Qué pasa con las otras dos terceras partes que son de la difunta? Porque según lo que dice el padre se las deja a uno de sus hijos.
Pues NO. Tampoco puede. ¿Cómo va a dejar en testamento a favor de un hijo algo que no es suyo, sino de su difunta esposa que falleció sin dejar testamento y por lo tanto es de sus herederos?
En fin, que lleven los documentos a un abogado, y que los estudie, porque sin leer los papeles y es muy difícil dar un consejo. Después obran en consecuencia.
Por favor, no olvide valorar y finalizar la pregunta para que se me quede libre.
Por cierto, un detalle más.
Me pregunta cual es el porcentaje que le corresponde a cada hijo, pero no me dice el número de hijos.
Mal puedo hacer una división con una calculadora si no se el número de hijos.
De todas formas, si el testamento es como usted dice, si queda anulado, pues a cada hijo le corresponderá un tanto por ciento igual al de los demás.
Sabiendo el número de hijos, solo tiene que dividir 100 entre ese número y le dará el tanto por ciento.
Pero ya digo, todo depende de leer el testamento a ver como está redactado, porque si es como usted dice, puede no ser válido.
P.D.: No olvide finalizar la pregunta.
Me pregunta cual es el porcentaje que le corresponde a cada hijo, pero no me dice el número de hijos.
Mal puedo hacer una división con una calculadora si no se el número de hijos.
De todas formas, si el testamento es como usted dice, si queda anulado, pues a cada hijo le corresponderá un tanto por ciento igual al de los demás.
Sabiendo el número de hijos, solo tiene que dividir 100 entre ese número y le dará el tanto por ciento.
Pero ya digo, todo depende de leer el testamento a ver como está redactado, porque si es como usted dice, puede no ser válido.
P.D.: No olvide finalizar la pregunta.
Perdón, a ver si me explico un poco mejor, hay dos hijos ( de valencia), evidentemente los dos heredan
a partes iguales la parte de su madre al no haber testamento que indique lo contrario.
Pero el padre si que expuso en su testamento que deja toda su parte de la herencia
a uno de ellos.Mi pregunta es que porcentaje le seria asignado a cada uno de ellos de la
citada casa a la hora de la partición.
a partes iguales la parte de su madre al no haber testamento que indique lo contrario.
Pero el padre si que expuso en su testamento que deja toda su parte de la herencia
a uno de ellos.Mi pregunta es que porcentaje le seria asignado a cada uno de ellos de la
citada casa a la hora de la partición.
Pues según dice ahora, su padre deja toda su parte de la herencia a uno de ellos, a uno de los hijos entiendo,
bien, cada uno tiene ya un 25% de la casa por su madre.
Si su padre deja su 50% a uno de ellos, pues un hijo tendría un 25% de la casa y el otro un 75%.
Pero Ya le dije antes que no creo sea posible pues un hijo tiene derecho al menos a la legítima, que en este caso, y por parte del padre, sería la mitad de un tercio.
Es decir, La legítima por parte del padre es un tercio de su herencia, un tercio del 50% de la casa, y a cada hijo le corresponde por legítima la mitad de ese tercio ( un 8,33%).
En este caso, un hijo tendría un 33,33% y el otro un 66,67%.
La duda está en si un valenciano puede dejar toda su herencia a un solo hijo desheredando al otro. Yo se que en el caso de Aragón, por ejemplo, si que puede hacerlo, amparándose en los fueros. Pero no se si los fueros de Valencia amparan el desheredar a un hijo. Esa es una consulta que fácilmente puede hacer a un notario de Valencia. Dígale que quiere hacer testamento, que tiene dos hijos y que se lo quiere dejar todo a uno de ellos si los fueros se lo permiten. El notario le podrá decir si puede hacerse o no. Un notario de valencia seguro que lo sabe.
Esto de los fueros es una legislación que no todos los abogados conocen, porque no es algo normal, para toda España. Pregunte en su tierra que estarán habituados a ello.
Lamento no poder contestarle yo, pero al menos ya le he dicho los porcentajes que preguntaba, en caso de poder aplicar fueros y en caso de que no.
Un saludo y no olvide finalizar la pregunta.
bien, cada uno tiene ya un 25% de la casa por su madre.
Si su padre deja su 50% a uno de ellos, pues un hijo tendría un 25% de la casa y el otro un 75%.
Pero Ya le dije antes que no creo sea posible pues un hijo tiene derecho al menos a la legítima, que en este caso, y por parte del padre, sería la mitad de un tercio.
Es decir, La legítima por parte del padre es un tercio de su herencia, un tercio del 50% de la casa, y a cada hijo le corresponde por legítima la mitad de ese tercio ( un 8,33%).
En este caso, un hijo tendría un 33,33% y el otro un 66,67%.
La duda está en si un valenciano puede dejar toda su herencia a un solo hijo desheredando al otro. Yo se que en el caso de Aragón, por ejemplo, si que puede hacerlo, amparándose en los fueros. Pero no se si los fueros de Valencia amparan el desheredar a un hijo. Esa es una consulta que fácilmente puede hacer a un notario de Valencia. Dígale que quiere hacer testamento, que tiene dos hijos y que se lo quiere dejar todo a uno de ellos si los fueros se lo permiten. El notario le podrá decir si puede hacerse o no. Un notario de valencia seguro que lo sabe.
Esto de los fueros es una legislación que no todos los abogados conocen, porque no es algo normal, para toda España. Pregunte en su tierra que estarán habituados a ello.
Lamento no poder contestarle yo, pero al menos ya le he dicho los porcentajes que preguntaba, en caso de poder aplicar fueros y en caso de que no.
Un saludo y no olvide finalizar la pregunta.
Ante todo muchas gracias, una ultima aclaración, en un principio, a buenas, ambas partes por separado solicitaron un peritaje de la casa, la parte (yo) que tiene el 66.67 de la herencia posee un peritaje en el que la casa tiene un valor de 85.000 euros y la parte que posee el 33.33% otro peritaje con un valor de 108.000, el caso es que la primera de las partes tiene una oferta de un comprador ajeno a la familia por valor de 100.000 euros, el problema viene cuando la otra parte se niega a cobrar de cualquier posible venta menos de 36.000 euros, cuando atendiéndonos al porcentaje de la herencia le tocarían 33.33, y amenaza con pedir a un juez subasta publica para la casa si no se se aceptan sus demandas, mis preguntas son,¿qué actitud tomar ante esta decisión? ¿Cuál crees que seria la actitud de un juez ante esta decisión, permitirá la subasta habiendo un comprador dispuesto a comprar la casa por un precio "razonable" atendiéndonos a los peritajes realizados por ambas partes?
Pues verá. Estos son los problemas del pro indiviso.
La Ley recoge que a ningún copropietario se le puede obligar a permanecer en un pro indiviso.
La Ley recoge que cualquier copropietario puede solicitar la división de la cosa común.
La Ley recoge que un inmueble se llevará a subasta pública solo con que lo solicite uno de los copropietarios.
Lo que no dice la Ley (no tiene porqué hacerlo) es la necedad de este procedimiento.
Muy largo en el tiempo, mucho gastos de abogados, procuradores y juicios, un piso que se vende en pública subasta normalmente por un precio muy inferior al real de mercado, y los trastornos que originan los juicios.
Aparte, en una subasta normal (una hipoteca no pagada, por ejemplo) los copropietarios ni sus familiares directos pueden intervenir en la subasta, pero al ser una subasta por división de la cosa común, usted y el otro copropietario si que pueden asistir y pujar.
Pero asistir, con unos cuantos millones en el bolsillo si no quieren recibir apenas la mitad de lo que sacarían vendiéndola sin meterse en pleitos.
La subasta aparte conlleva una serie de trastornos y gastos que no tendrían que tener.
Lo mejor, es llegar a un acuerdo extrajudicial. A veces hay que ceder un poco, pero claro si hay que ceder mucho, a veces se opta por una decisión que a todos perjudica.
Desde luego, la otra parte si se empeña en la subasta, va a sacar (incluyendo los gastos) apenas un 20% o como mucho un 25%.
En su caso pasa lo mismo. En vez de 66,660 euros, puede ser que saque 40.000.
Si cede con la otra parte, se vende la casa en esos 100.000 y la otra parte se queda 36.000, y usted recibe 2.670 euros menos. ¿No?.
Pues yo me apuntaba sin dudarlo más.
Ya se que es duro tener que ceder, pero va a sacar muchísimo más que si se meten en abogados, pleitos y subastas. Se lo aseguro.
Es duro, pero es así.
En fin, ya he contestado a su pregunta y además me he permitido el darle un consejo.
Si la otra parte se empeña, va a subasta y todos pierden mucho. Mucho de verdad.
Si se arreglan... pues ya sabe lo que se dice: Más vale un mal arreglo que un buen pleito.
Si no tiene más que añadir, no olvide valorar y finalizar la pregunta.
La Ley recoge que a ningún copropietario se le puede obligar a permanecer en un pro indiviso.
La Ley recoge que cualquier copropietario puede solicitar la división de la cosa común.
La Ley recoge que un inmueble se llevará a subasta pública solo con que lo solicite uno de los copropietarios.
Lo que no dice la Ley (no tiene porqué hacerlo) es la necedad de este procedimiento.
Muy largo en el tiempo, mucho gastos de abogados, procuradores y juicios, un piso que se vende en pública subasta normalmente por un precio muy inferior al real de mercado, y los trastornos que originan los juicios.
Aparte, en una subasta normal (una hipoteca no pagada, por ejemplo) los copropietarios ni sus familiares directos pueden intervenir en la subasta, pero al ser una subasta por división de la cosa común, usted y el otro copropietario si que pueden asistir y pujar.
Pero asistir, con unos cuantos millones en el bolsillo si no quieren recibir apenas la mitad de lo que sacarían vendiéndola sin meterse en pleitos.
La subasta aparte conlleva una serie de trastornos y gastos que no tendrían que tener.
Lo mejor, es llegar a un acuerdo extrajudicial. A veces hay que ceder un poco, pero claro si hay que ceder mucho, a veces se opta por una decisión que a todos perjudica.
Desde luego, la otra parte si se empeña en la subasta, va a sacar (incluyendo los gastos) apenas un 20% o como mucho un 25%.
En su caso pasa lo mismo. En vez de 66,660 euros, puede ser que saque 40.000.
Si cede con la otra parte, se vende la casa en esos 100.000 y la otra parte se queda 36.000, y usted recibe 2.670 euros menos. ¿No?.
Pues yo me apuntaba sin dudarlo más.
Ya se que es duro tener que ceder, pero va a sacar muchísimo más que si se meten en abogados, pleitos y subastas. Se lo aseguro.
Es duro, pero es así.
En fin, ya he contestado a su pregunta y además me he permitido el darle un consejo.
Si la otra parte se empeña, va a subasta y todos pierden mucho. Mucho de verdad.
Si se arreglan... pues ya sabe lo que se dice: Más vale un mal arreglo que un buen pleito.
Si no tiene más que añadir, no olvide valorar y finalizar la pregunta.
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