¿Las deudas de sociedades se herendan en España?

Mi padre tiene un par de empresas y acumulan algunas deudas con la Seguridad Social y otras empresas debido a la actual crisis...
Está casado en bienes gananciales y claro, ahora le están embargando a mi madre las cuentas de ella (esto lo hemos arreglado cambiándolas a nombres de los hijos), pero si a él le pasara algo, ¿ella tendría que hacerse cargo de las deudas actuales de las empresas de mi padre?

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Cuando alguien fallece, los herederos si aceptan su herencia, aceptan derechos y obligaciones.
Por ejemplo. Pongamos un piso que tenga una hipoteca. Si los herederos aceptan la herencia, también aceptan continuar con el pago de la hipoteca.
Otra cosa será si ese par de empresas son sociedades en las que hay accionistas que son los dueños. No es lo mismo si por ejemplo su padre en autónomo y tiene un bar y una tienda. Por otro lado, depende del tipo de sociedad para determinar la responsabilidad de los accionistas o socios.
También habría que ver si ese "par de empresas" cuentan en su patrimonio con propiedades, como locales o naves.
Habría que analizar también la implicación de su madre en esas sociedades o negocios.
En fin, que el tema depende de muchos factores.
Mi consejo es que con todos los datos consulten con un asesor fiscal, porque le tema de herencia ya le digo que está especificado: Se aceptan derechos y obligaciones.
Por favor, no olvide finalizar la pregunta para que se me quede libre.
Discúlpeme de nuevo,
en las dos sociedades que tienen son los 3 mismos socios y a partes iguales (33,33,34%).
En una de ellas (llemémosla ABRIL) no hay bienes, simplemente es una sociedad que compra y vende (pero acumula deudas a la Seg. Social) de nóminas atrasadas e impuestos. En este caso... ¿se heredarían las deudas en proporción al tanto por cien de sociedad?
Y en la segunda empresa (MAYO) sí hay un bien, es un terreno y se está explotando una cantera de piedra natural) las deudas acumuladas son de pagos al Ayto. (Que son los canon de arrendamiento) y también Seg. Social e impuestos. En este caso, con el bien se podrían liquidar las deudas, pero ¿y si no se vende? ¿Tendríamos qué tener el bien y las deudas al mismo tiempo?
De nuevo muchísimas gracias.
Pues lamentablemente he de insistir en lo que les dije.
Yo soy experto en herencias, pero no en temas fiscales.
Desde luego, no es la misma responsabilidad la de los socios, dependiendo de si es sociedad anónima, sociedad, limitada, sociedad civil, sociedad laboral,... La contestación a su pregunta depende del tipo de sociedad y de otros muchos factores que un asesor fiscal tendrá que analizar.
Con los pocos datos que me aportan y sin poder leer los documentos de la constitución de la sociedad, sin poder saber las responsabilidades de los socios, dependiendo del tipo de sociedad... y si a todo esto le sumamos que no soy experto en temas fiscales, pues lamento no poder contestarles.
La parte de su pregunta referente a la herencia ya la contesté. La otra, lamentablemente al no ser tema de herencias, no me siento capacitado para contestarles.
Por favor, no olviden finalizar la pregunta. Y les deseo mucha suerte y que todo se les arregle.

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