Una fallecida deja a su hermana el dinero y a su hijo lo demás, puede el hijo sacar el dinero

La hermana de mi suegra falleció en enero, y en marzo del año anterior le dejo a su hermana el dinero que había en el banco, en el testamento, a su hijo le dejo las viviendas, mi suegra a ido al banco y en el banco le han dicho que el hijo de la fallecida había llevado todos los papeles y el banco le dio un papel para pagar a la oficina liquidadora. A mi suegra le han dicho en el banco que si lo hace el hijo ella no hace falta que lo haga, el problema es que no se hablan, y lo que pensamos nosotros es que está intentando sacar el dinero. Aunque en el banco saben que en el testamento esta que todo el dinero de ese banco es para la hermana de la fallecida. Puede ir con el mismo papel que le ha dado el banco a su hijo y liquidar ella y así poder hacer uso de ese dinero.

Respuesta
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Las herencias son un derecho, pero no una obligación.

Por ello, se pueden aceptar, pero también se pueden rechazar.

Hay que dejar claro lo que se quiere.

Y solo se deja claro, firmando el llamado CUADERNO PARTICIONAL en el notario.

Dicho cuaderno que en realidad es una escritura notarial de aceptación y reparto de herencia, es imprescindible y ha de ser firmado por los herederos.

Comprenderá que mientras no se acepte, no se puede llegar a ser dueño de nada.

ANTE NOTARIO.

Tras la aceptación de la herencia, cada heredero paga su parte de impuestos y ya se puede adjudicar lo que le corresponda.

Los bancos están obligados por ley a bloquear los saldos de las cuentas de un fallecido.

Y solo han de dejar libre acceso al dinero, una vez se presente el resguardo de haber pagado los impuestos de sucesiones.

Y por supuesto, que solo paga a cada cual, según lo reflejado en el testamento.

Mi consejo, es que de momento le remitan al banco un escrito pidiendo el bloqueado de las cuentas del fallecido hasta la presentación del heredero al que corresponda ese saldo.

Creo que en su caso, el banco ya lo ha hecho, pero para por si acaso.

Indudablemente, da lo mismo quien pague los impuestos, pero no tiene lógica que ese hijo pague los impuestos de algo que no va a heredar.

Pero si quiere hacerlo, puede hacerlo, pero por supuesto que eso no le da derecho a acceder al dinero.

El banco ha de pedir el testamento y solo le dará el dinero al heredero correspondiente. No al que pague los impuestos.

Les aconsejaría, dado que me indica que las relaciones no son buenas, que consultartan al banco si su suegra acepta su parte de herencia en solitario, les bastará al banco para poder darle el dinero.

Yo estoy en que si, pero hay bancos que "rizan el rizo" y piden la aceptación de herencia firmada por todos los herederos.

Algo que no es lógico en un caso como este, en que solo un heredero es el que hereda la totalidad del dinero.

Si he entendido bien su exposición, creo que esta es la respuesta a sus duda, pero si le queda algo, puede plantearlo.

Si no va a añadir más, le ruego FINALICE LA PREGUNTA, para que se me quede libre.

Hasta otra.

Ante todo gracias por la rapidez y la contestación.

Para terminar de aclararlo,entonces mi suegra va al banco pide el papel para pagar liquidar, que me imagino que esto sera pagar los impuestos correspondientes de ese dinero que le queda,acto seguido con los papeles que le den en hacienda podrá ir al banco y hacer uso del dinero que hay? Gracias.

Ya le he dicho que hay que aceptar la herencia ante notario.

Si no se acepta, no puede hacer nada.

Y con esa escritura de aceptación de herencia es con lo que se va a la oficina liquidadora de su comunidad autónoma a pagar los impuestos correspondientes.

No creo que como usted dice, el banco tenga los impresos.

Además, lo que ha de pagar tampoco lo puede saber el banco. Solo lo puede decir la oficina liquidadora.

En la oficina liquidadora les rellenan el impreso que les corresponda y ya solo hay que llevarlo al banco, pagar los impuestos, y recibir el dinero.

Otra cosa a tener en cuenta es que si la entidad bancaria es colaboradora de la comunidad autónoma, puede pagar en la oficina el impuesto.

En el mismo impreso les dirá donde pueden pagarlo.

Si es la misma entidad, pueden pagar el impuesto con cargo a la cuenta y al dinero que han de recibir.

Si ese banco no es entidad colaboradora, habrá de sacar el dinero de su cuenta, llevarlo a una oficina donde se pueda pagar, y luego ir a donde esté la cuenta, a mostrar el impreso del pago, para que les den el dinero.

Me alegro de que todo le quede claro, y le ruego FINALICE LA PREGUNTA para que se me quede libre.

perdona que sea un poco pesado, ella ya ha estado en el notario y el notario le ha dado el testamento y otros papeles, eso es lo que te refieres con aceptar la herencia?Gracias.

En mi primera contestación ya le indicaba que hay que firmar ante el notario para aceptar la herencia y que el notario lo eleve a escritura pública.

Hay que firmar la aceptación de herencia

No se que papeles le habrá dado el notario, pero le repito.

Reunir: Certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y el testamento.

Con esto ya puede ir al banco a pedir certificado de los saldos al día del fallecimiento.

Con todo va al notario y acepta (firmando) la herencia.

Con ello, ya va a la oficina liquidadora, le hacen la liquidación de impuestos.

Lo paga y ya puede ir al banco a retirar el dinero.

No hay más pasos.

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