Hola chibuso

Verás como ya te hice varias preguntas sobre este tema y no soy capaz de aclararme ni yo misma te voy a poner el testamento tal cual.
Después de especificar los hijos etc, dice en la parte de CLAUSULAS
primera- lega a su citado marido ..., el usufructo universal y vitalicio de su herencia.
Segunda- A salvo el anterior legado y con subordinación al mismo, instituye heredera universal a su hija ... Sin perjuicio de la legitima correspondiente a sus demás hijos : ...,...,...,...,...,...,..., que será satisfecha en metálico, bien sea con dinero de la herencia o del mismo peculio de la indicada ...
Tercera los nombrados hijos serán sustituidos vulgarmente por sus descendientes.
Cuarta-Revoca por éste todo testamento anterior.
Lo que hay de herencia es una casa con finca incluida, dicho todo esto espero que me puedas ayudar y decirme a que tenemos derecho los que solo perciben la legitima, pues no tenemos ninguna noticia de la heredera, y esta, ya cambió las cerraduras de la casa .supongo que para saber la legitima habría que valorar la casa, ¿y si es así sobre que se valoraría sobre el catastro o habría que hacer un peritaje?
Otra pregunta, aunque el padre viva, cualquier hijo podría entrar y salir de la casa ( que está vacía ) sin tener que pedir permiso a nadie, ya que aunque sea un pellizco de la casa es también parte suya ¿no? Como legítima, te comento esto por que no hay ningún tipo de información por parte de la heredera, solo que cambio las cerraduras de la casa. Dicho esto espero que me puedas ayudar, seguramente siga teniendo dudas y si no es demasiada molestia te las iré dando, gracias
Respuesta
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En efecto hay que realizar una peritación para hacer una valoración de la misma, pero en realidad la casa es todavía del viudo que es el que tiene el usufructo (el decide quien puede entrar en la casa). Una vez fallezca el viudo hay que ver su testamento (que será igual que el de la fallecida) y hacer la valoración oportuna. Lo que no puede hacer nadie es vender la casa.

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