Plazo para reclamar herencia
Leo respuesta a una pregunta de mi interés publicada el 12-11-2006 que resumo:
"La herencia de alguien se puede reclamar por los herederos durante toda su vida, no hay plazo máximo".
Me gustaría exponer mi situación por si me podéis ayudar:
Tengo una hermana (nacida 1951), mi madre falleció en 1990, mi padre (fallecido en 1985 + - no sé el año exacto), por desavenencias familiares nos abandono poco más de nacer yo (1953), es triste y rocambolesco pero no se mucho más.
Según me cuenta ahora gente mayor que los conoce, la familia de mi padre intento manipularle a lo largo de todos esos años para inhabilitarlo, pero parece no lo consiguieron, ahora a la muerte de una tía parece se están destapando algunas cosas por desavenencias entre los herederos de esta familia, una de las cosas que me han dicho es que están teniendo problemas para vender algunas propiedades que pudieran estar a nombre de mi padre o tener parte en ellas, por lo visto en la notaria.
Entre que tenia entendido: que a los 25 años prescribía cualquier derecho a reclamación de herencias y que esta gente ha tenido toda la vida para manejar chanchullos a su antojo, me gustaría que alguien me dijera por donde puedo empezar, y me confirmara que este derecho no tiene plazo.
Gracias y saludos
"La herencia de alguien se puede reclamar por los herederos durante toda su vida, no hay plazo máximo".
Me gustaría exponer mi situación por si me podéis ayudar:
Tengo una hermana (nacida 1951), mi madre falleció en 1990, mi padre (fallecido en 1985 + - no sé el año exacto), por desavenencias familiares nos abandono poco más de nacer yo (1953), es triste y rocambolesco pero no se mucho más.
Según me cuenta ahora gente mayor que los conoce, la familia de mi padre intento manipularle a lo largo de todos esos años para inhabilitarlo, pero parece no lo consiguieron, ahora a la muerte de una tía parece se están destapando algunas cosas por desavenencias entre los herederos de esta familia, una de las cosas que me han dicho es que están teniendo problemas para vender algunas propiedades que pudieran estar a nombre de mi padre o tener parte en ellas, por lo visto en la notaria.
Entre que tenia entendido: que a los 25 años prescribía cualquier derecho a reclamación de herencias y que esta gente ha tenido toda la vida para manejar chanchullos a su antojo, me gustaría que alguien me dijera por donde puedo empezar, y me confirmara que este derecho no tiene plazo.
Gracias y saludos
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Respuesta de guasquira
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