Aceptación parcial herencia
Primeramente plantearé la situación y después, plantearé mi pregunta:
Matrimonio en gananciales hacen sendos testamentos abiertos exactamente iguales y dejándose ambos el usufructo vitalicio.
Los testamentos se redactan dejando a sus dos hijos los bienes de forma expresa y concreta, es decir, tal finca para uno, tal finca para el otro, etc. Etc.,
No hay una disolución previa de la sociedad de gananciales, si bien si hay una valoración de cada uno de los bienes en el cuaderno particional y una liquidación del impuesto de sucesiones ( con valoraciones catastrales) a la muerte del primero de los cónyuges por parte del cónyuge que le sobrevive.
Fallece uno de los cónyuges y el otro hace un nuevo testamento completamente distinto al inicial descrito.
1ª Pregunta. Uno de los dos herederos, ¿puede pedir la herencia del primer causante según su testamento? ¿Cómo se pueden otorgar esos bienes si son fincas y casas y supuestamente no se podrán partir a la mitad? ¿A falta de acuerdo entre los hermanos, si uno de ellos solicita la liquidación de ese testamento al, supongo, juzgado, quien tendría que pagar los gastos de la liquidación?, ¿El qué lo solicita?, ¿A parte iguales entre los dos hermanos...?
¿Cuánto puede durar (por termino medio) este proceso y si suele resultar muy caro?
2ª Pregunta. Cuando se hicieron los primeros testamentos, como ambos cónyuges estaban de acuerdo, figuran las mismas fincas en ambos documentos, pero algunas de ellas eran privativas de cada uno de ellos por herencias anteriores, figurando fincas en el testamento del fallecido que son privativas del que sobrevive. ¿Puede el que sobrevive vender sus fincas privativas pese a que figuran en el testamento del cónyuge fallecido?
Muchas gracias de antemano por su respuesta que en cualquier caso sé que estará bien fundamentada.
Matrimonio en gananciales hacen sendos testamentos abiertos exactamente iguales y dejándose ambos el usufructo vitalicio.
Los testamentos se redactan dejando a sus dos hijos los bienes de forma expresa y concreta, es decir, tal finca para uno, tal finca para el otro, etc. Etc.,
No hay una disolución previa de la sociedad de gananciales, si bien si hay una valoración de cada uno de los bienes en el cuaderno particional y una liquidación del impuesto de sucesiones ( con valoraciones catastrales) a la muerte del primero de los cónyuges por parte del cónyuge que le sobrevive.
Fallece uno de los cónyuges y el otro hace un nuevo testamento completamente distinto al inicial descrito.
1ª Pregunta. Uno de los dos herederos, ¿puede pedir la herencia del primer causante según su testamento? ¿Cómo se pueden otorgar esos bienes si son fincas y casas y supuestamente no se podrán partir a la mitad? ¿A falta de acuerdo entre los hermanos, si uno de ellos solicita la liquidación de ese testamento al, supongo, juzgado, quien tendría que pagar los gastos de la liquidación?, ¿El qué lo solicita?, ¿A parte iguales entre los dos hermanos...?
¿Cuánto puede durar (por termino medio) este proceso y si suele resultar muy caro?
2ª Pregunta. Cuando se hicieron los primeros testamentos, como ambos cónyuges estaban de acuerdo, figuran las mismas fincas en ambos documentos, pero algunas de ellas eran privativas de cada uno de ellos por herencias anteriores, figurando fincas en el testamento del fallecido que son privativas del que sobrevive. ¿Puede el que sobrevive vender sus fincas privativas pese a que figuran en el testamento del cónyuge fallecido?
Muchas gracias de antemano por su respuesta que en cualquier caso sé que estará bien fundamentada.
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Respuesta de jortizco10
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