Desheredar a tía y primos

Isabel, una amiga mía, vive en un Madrid, está soltera, no tiene hijos ni hermanos y sus padres y abuelos ya murieron. Sólo tiene una tía y varios primos. Ella hizo testamento hace años en el que dejaba sus bienes a sus familiares, pero ahora ha decidido cambiarlo y no dejarles nada a su tía y primos con los que no mantiene ninguna relación, y dejárselo todo a una persona que no es de su familia.
¿Puede hacerlo? Si es que no, ¿Podría desheredarlos?
Si no pudiera desheredarlos, he oído que en este caso que no hay familiares directos la herencia no se divide en los tres tercios de legítima, mejora y libre disposición, ¿es cierto?.

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Pues la legítima es para los que la Ley llama "herederos forzosos", y es la parte de la herencia de las personas de la que no pueden disponer libremente, ya que la Ley reserva esa parte para esos "herederos forzosos".( Artículo 806 del Código Civil).
Y el artículo 807 dice que son:
1º los hijos y descendientes.
2º A falta de ellos, los padres y ascendientes.
3º A falta de todos los anteriores, el cónyuge sobreviviente.
Osea, que su amiga, no tiene herederos forzosos, por tanto puede dejar su herencia a quien quiera y repartida de la manera que quiera. Ya que al no tener familiares de los mencionados, no existe la legítima, y por tanto ya no hay que seguir la regla de la división de la herencia en tres partes, que usted menciona.
Ni siquiera tendría obligación de dejar parte de la herencia a sus hermanos si los tuviera.
Osea, que menos a tíos y primos.
Si hace testamento, queda anulado el anterior. Y ya digo, tiene total libertad de dejar su herencia a quien quiera.
Ningún familiar podrá reclamar nada de nada el día de mañana.
Y no los deshereda. Simplemente es que no les deja herencia.
Pues nada, un saludo y si le queda alguna duda me la expone ¿vale?.
Y si no tiene más que añadir, le ruego finalice la pregunta para que se me quede libre.

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