Opción Donación

Estamos estudiando la posibilidad de que mi madre sea la propietaria de toda la herencia. Tengo entendido que, en este caso, estamos hablando, legalmente, de una donación. ¿Es así?,¿Cómo podemos hacerlo?, ¿Hay otra forma de hacerlo?.
En el caso de que sea una donación, queremos saber el coste que nos conlleva. ¿Puedes indicarme cuánto nos cuesta con un ejemplo e indicarnos cómo hay que meterlo y la repercusión en la declaración de la renta de cada uno?.
En caso de que aportes otra posible solución en la que mi madre quede como única propietaria de toda la herencia, quisiera que me explicases, si puede ser, también con un ejemplo e indicarnos cómo hay que meterlo y la repercusión en nuestra declaración de la renta.
Quisiera que fueras lo más claro posible, como siempre, pues soy un auténtico ignorante de la materia fiscal.
Sin otro particular, te mando un cordial saludo.

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Y soy un auténtico ignorante de la materia fiscal, la DONACIÓN es lo más barato que hay en impuesto y declaración, para saber el coste del impuesto depende de la cantidad de bienes que tiene tu madre, en mi caso con una casa terrera 175m2 con parcela de 885m2 y un piso de 114m2 me costo en la notaria 2.500e y luego la plusvalía al ayuntamiento el piso 200e y la casa terrera 2.000e todo eso en la comunidad valenciana, y para escriturar debe indicar que los hijos/as debe ser NUDA PROPIEDAD y tu madre USUFRUCTUARIA de toda la propiedad, así tu madre tiene el USO Y DISFRUTE de toda la propiedad pero no puede vender sin el permiso de la NUDA PROPIEDAD, en caso de la nuda propiedad debe escriturar cual de la propiedad debe ser repartida a cada hijo, por ejemplo, si son 5 pisos y hay 3 herederos, debe repartir esos 5 pisos a los 3 herederos a partes iguales y tu madre la USUFRUCTUARIA de esos 5 pisos, cuando fallezca tu madre no es necesario hacer una nueva escritura porque ya está hecha para evitar hacer nuevas escrituras y con nuevos impuestos de donaciones, puedes conservar la misma escritura (que dice nuda propiedad) como propietario.
Y en caso de que mi madre no sea usufructuaria, tenga la propiedad plena de la herencia. En este caso tengo entendido que la ley lo considera como una donación. En este caso, ¿Sabes qué hay que hacer?, ¿Cómo hacerlo?, ¿Y los costes de dicha operación?. Si lo sabes, ¿Puedes poner un ejemplo y dónde meterlo y cómo afecta a nuestra declaración?
Como siempre agradecerte la atención prestada por tu parte.
Lo mismo como usufructuaria o como propiedad valen lo mismo el impuesto de donaciones como la declaración valen lo mismo como te comente anteriormente, si quieres saber más información puedes consultar en la notaria sin compromiso, si haces la escritura con la propiedad a nombre de tu madre, en caso de fallecimiento tendrías que hacer otra escritura a nombre de los hijos y pagar dos veces las escrituras.

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