Usufructo de dinero

Mi madre falleco hace 6años, dejo los bienes, repartidos entre los hermanos haciendo usufuctuario de todo, fincas y dinero( por ejemplo 30) a nuestro padre. Aceptado por todos en notaria.
Ahora que ha fallecido nuestro padre, al preparar la aceptación de herencia (sus bienes y dinero (por ejemplo 70) i levantamiento del usufructo, le dijimos al oficial de notaria que de dinero que hay ahora, una parte ya es nuestra (30) por lo que en la aceptación de herencia solo tendría que constar los (40) de incremento. Y los(30) solo constar en el levantamiento de usufructo.
Nos dijo que si los (30) no se habían mantenido las mismas cuentas originales no se podría hacer. Se variaron de cuentas para aumentar la rentabilidad
Mi pregunta es: ¿Está en lo cierto ese Sr?.

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En el usufructo de dinero se otorga al usufructuario la posibilidad de disponer del mismo con la obligación de reintegrar su importe a la extinción del usufructo
Esto es, si esos 30 que tu madre le dejó en usufructo no se hubieran tocado de la cuenta, al fallecimiento de tu padre os correspondería la nuda propiedad de ellos como herederos de vuestra madre
El problema es si esos 30 hubieran salido de la cuenta, en cuyo caso habría que hacer las operaciones oportunas para determinar que parte del dinero de tu padre es el que os corresponder como nudos propietarios del usufructo (que sería herencia de tu madre) y que parte os corresponde como herederos de tu padre
Hay por tanto dos sucesiones que concurren y que hay que deslindar
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Pasar esta pregunta al foro, a ver si alguien la puede contestar bien.

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