Herencia en Nuda propiedad

El padre de mi pareja ha muerto y en el testamento da el usufructo universal y vitalicio de su herencia a su cónyuje.
Por lo que he leído a su hijo le correspondería la nuda propiedad de la Legítima (como es hijo único y sin descendencia supongo que 2/3 partes de la herencia). Mi duda está en que su padre tenía varios bienes y propiedades (2 pisos, un coche, y acciones). ¿En cuáles de ellos tiene la nuda propiedad?, ¿Es en todos en general o en alguno en concreto?. En el testamento no se especifica.

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A tu novio le corresponde la nuda propiedad de todos los bienes según lo que dices.
Así la plena propiedad estará dividida entre la usufructuaria (viuda) que tiene el derecho a usar y disfrutar de los bienes del fallecido hasta el momento de su fallecimiento, y la nuda propiedad (heredero) que no podrá enajenar, hipotecar los bienes mientras viva su madre usufructuaria a no ser que lo hagan de mutuo acuerdo.
Consejo; Respecto del vehículo, si el DNI de tu "suegro" no está caducado, haz transferencia en tráfico del vehículo, y no incluirlo el la herencia.
Muchas gracias por la respuesta y la rapidez con la que me has aclarado la duda. Pero ahora tenga alguna más:
Si de mutuo acuerdo decidieran vender un piso, el dinero obtenido ¿sería todo para la madre? ¿Podría gastarlo ella en su totalidad?
El derecho está para resolver conflictos si los particulares no son capaces de resolverlos entre ellos.
Por eso, el acuerdo que lleguen para repartirse el dinero ese será el válido, no obstante, y a modo de orientación, el usufructo vitalicio de una persona de 30 años vale más que el de una persona de 80 años, que se supone le quedan menos años de vida. En el impuesto de transmisiones patrimoniales se valora el usufructo en el 2% del valor total por cada año menos de 80 que tenga en usufructuario

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