Dejar herencia hijo no reconocido

Hola que tal.
  Quería ver si alguien me puede aclarar una duda que tengo.
Estoy casado con una mujer que tenia un hijo cuando yo la conocí, no le hemos cambiado los apellidos ni yo lo he adoptado ni nada. Ahora tenemos otra hija de 5 años en común.
Quisiera saber que tengo que hacer para en caso de que a mi me pasase algo pudiesen heredar los dos en igualdad de condiciones, ya que para mi los dos son mis hijos y no hago diferencias con ninguno.El niño en cuestión tiene ya 17 años.
Muchas gracias espero alguna respuesta.

1 respuesta

Respuesta
1
El tema es que vivimos en una sociedad regulada por las leyes.
Usted en su corazón puede tenerlos a los dos por iguales, pero su corazón no es el registro Civil.
Si lo adopta o reconoce... Podrá ser hijo suyo ante la Ley en igualdad de condiciones.
Le voy a explicar como va esto:
Si no hace testamento, la única heredera de todo es su hija. TODO.
Si hace testamento, al tener una hija, ha de hacerlo ateniéndose al Código Civil:
Las herencias son como una tarta.
Imagine que la parte usted en tres partes iguales.
Dos de esas partes son la legítima, que por Ley ya está adjudicada a los llamados "herederos forzosos". (Artículo 806 del C.Civil).
En este caso, los herederos forzosos son los hijos.
Pero esas dos partes son diferentes entre si. (Para el caso de que tuviera más de un hijo).
Un tercio de la tarta, se llama "de legítima estricta". Y es a dividir a partes iguales entre los hijos.
El segundo trozo de la tarta (también de legítima, o sea, que también para los hijos), se llama "tercio de mejora" y la Ley autoriza al testador que reparta este trozo como guste pero solo entre los hijos, claro. O sea, que incluso puede dejárselo entero a uno solo y nada a los demás, o dárselo a dos, y los otros nada... Puede repartirlo"mejorando", pero entre los hijos y a su gusto.
El último trozo de la tarta se llama "tercio de libre disposición" y como su nombre indica, puede disponer de él a su antojo.
Puede dejárselo a un amigo, a un vecino, al del bar de la esquina, al vendedor de la ONCE, a una ONG... A un hijo... A dos.. a todos.. a un nieto.. un sobrino.. a quien quiera. Es de libre disposición.
Por tanto, ahora mismo, y ante la Ley, solamente tiene una hija, y la Ley dice que a ella le corresponden dos tercios de su herencia.
A ese joven, solo puede dejarle (sin adoptarlo) un tercio de su herencia.
La Ley no le permite más.
Si lo hace hijo suyo, puede hacer testamento nombrándoles herederos universales por igual. Y los dos recibirán lo mismo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas