¿Heredará mi hijo las deudas de sus padres?

Necesito orientación. Soy soltera, viví en pareja y tuve una niña, solo queda de esa relación el acuerdo de visita y mantenimiento por parte del padre a mi niña y yo tengo la custodia. Cuando dejé a mi pareja, él compró a mi nombre un terreno para edificar una casa (un terreno muy caro) por lo que pidió un préstamo hipotecario sobre el terreno y otro personal .. Ambos a mi nombre y con el aval de él y de su empresa. Ahora él está en quiebra, sin empresa con juicios de empleados, etc. Sin pagar ya hace un año las cuotas del terreno que se compró (porque ese era el acuerdo.. Estaba a mi nombre pero pagaba las cuotas él). En REsumen: EL terreno sigue en venta (desde hace 3 años) la deuda ya está en mano de abogados del banco, aunque a mi no me han notificado nada todavía (como titular). Mi pregunta... Es probable que nunca pueda pagar esa deuda.. Entonces .. ¿mi hija heredaría esa deuda?
Si yo me fuera del país.. ¿seguiría la deuda detrás mio? Osea, si encuentro un trabajo en argentina (por ejm.. ¿de dónde yo soy) me descargarían un porcentaje por pago de deuda?.
Otra pregunta .. ¿Puedo presentarme como en quiebra o insolvente a nivel legal? Y entonces qué pasaría con la deuda..¿?
Perdón por tantas dudas..

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Un poco liosa la cosa porque hay muchos factores en juego, pero intentaré verlos todos.
Si como dice el préstamo era hipotecario, la finca está hipotecada y es la finca la que responde del pago del préstamo.
Si no se paga, el banco embarga (que ya debe de estar en ello), y solicita judicialmente la venta en pública subasta.
Hay postores, que al final, uno puja más y se la queda.
Si por ejemplo debe 50 y se vende en subasta en 60, los 10 que sobran, poeden ser para usted.
Pero si se vende en 40, faltan 10 por pagar y esa deuda se la podrían reclamar.
Aparte de reclamarle el préstamo personal.
¿Cómo responde usted de todo esto? Pues con sus propiedades, derechos y con su nómina si la tiene.
Podrían embargarle una parte de su sueldo para ir pagando poco a poco.
Pero es difícil. Normalmente los bancos van a subasta y se suelen conformar con el resultado pues seguir con pleitos es muy costoso, largo en el tiempo y normalmente de muy difícil cobro.
Se conforman con lo que sacan.
Son los riesgos de dar préstamos y ya los tienen asumidos.
Y su pregunta... ¿La herencia?
Pues eso también depende de muchas cosas.
Si usted cuando fallezca no tiene nada, su hija puede aceptar o no la herencia.
Las herencias son un derecho. No son una obligación.
O sea, que se pueden aceptar o se pueden rechazar.
Tanto una cosa como la otra ha de hacerse ante notario.
Por tanto, si no se acepta ante notario, no se tiene derecho a la herencia.
Y la herencia son los derechos y bienes y propiedades, pero también son las obligaciones y las deudas.
Por tanto, al aceptar se acepta todo.
Y si no se acepta, pues no se acepta nada y nada le podrán reclamar.
Por eso digo que depende de muchos factores.
Si usted cuando muera sigue con una deuda de 20 y tiene propiedades que valen 300, está claro que merece la pena a su hija el aceptar la herencia.
Paga la deuda y listo.
Pero si las deudas suman 80 y sus propiedades y derechos apenas 30, está claro que no merece la pena aceptar la herencia. Y por tanto puede rechazarla .
Y lo rechaza todo. Absolutamente todo.
Ni tiene derecho a las propiedades, bienes etc... ni tiene obligaciones con las deudas de usted.
Bueno, yo creo que no me dejo nada, porque por ejemplo lo que pregunta al final de presentarse como insolvente, ya está claro que el banco va contra sus propiedades, y nada más.
Creo que está contestada a poco que analice todo lo que le he dicho.
Esa es su solvencia. No otra.
Por tanto, solo le pueden reclamar lo que debe y sobre lo que posea.
Y ese es el nivel de solvencia de las personas.
La suma de sus derechos, menos la suma de sus obligaciones.
Al final da un resultado que es la solvencia.
Y del resultado se desprende que es usted solvente o insolvente.
Bueno, un saludo, y que todo le salga bien.
Si quiere puntuelizar algo, no dude en planteármelo.
Y si no va a añadir nada más, le ruego finalice la pregunta para que se me quede libre.
Primero agradeciendo de corazón su gran ayuda y aclaración y segundo preguntar algo más... Si el banco embarga y vende por un imprte menor entonces la diferencia me la podrá exigir, en ese caso, al no tener ningún bien ni nada de nada, entonces, si tuviera un trabajo, o sea, una nómina, ¿qué porcentaje aproximado me pueden descontar sabiendo que soy familia monoparental con una niña de 5 años?.. Y en cuanto al préstamo personal, también me lo sacarían de mi salario .. ¿cuál sería más o menos el importe que me pueden sacar?
Y demás está decir.. agradecida por todo
Pues si que se lo pueden reclamar.
Esa diferencia y el préstamo personal.
Y pueden solicitar judicialmente que le embarguen la nómina, si la tiene.
Pero en el momento en que deje ese trabajo, se quedan sin nómina que seguir embargando.
Y ahora no les queda más que cada seis meses, pedir al juez que pregunte a la seguridad social si ha vuelto a trabajar.
En fin, otro procedimiento que dura unos cuantos meses y con la precariedad que hay en el empleo, vete a saber si usted sigue en el trabajo a los 10 meses.
Y el banco no se va a pasar la vida persiguiéndola.
Cada año, presentar demanda de reclamación y vuelta a empezar con procedimientos judiciales.
En fin, que es difícil pero no imposible que puedan llegar a cobrarle.
Pero es verdad que sus posibilidades de pedir un préstamo, o comprar a plazos algo, o trener una tarjeta de crédito... etc... etc... se ven anuladas de por vida.
Un engorro tremendo que no se valora hasta que se sufre.
Lo mejor es pagar, desde luego, pero si no se puede... pues no se puedfe.
Pero comprenderá que los bancos tienen derecho a intentar cobrarle, hoy o mañana o pasado mañana, y como sea.
Bueno, un saludo y espero que todo le salga bien.
Y por favor, no olvida finalizar la pregunta.

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