Trámites y precio de escriturar casa de pueblo

Quiero escriturar una casa de pueblo de unos 175 m2 y jardín que está en el norte de España. La casa era de mis abuelos que ya fallecieron, a día de hoy se ocupan mis tíos y madre (7 en total) todos hijos de mis abuelos. De los 7 hermanos sólo 5 pagan una cuota anual para el mantenimiento y la contribución que pagamos hace ya bastantes años, me gustaría que si alguien lo conoce me dijera por favor, ¿qué trámites debo seguir paso a paso para escriturarla? Y más o menos ¿cuánto me costarían los trámites?
La comunidad en la que se encuentra la casa es Castilla y León. En cuanto a la escritura, no está ni ha estado nunca escriturada.

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Se plantean varias cuestiones:
En cuanto a los hermanos que no colaboran a los gastos tienen una deuda con el resto que sí pagan, y las deudas como todas, se pueden pagar por las buenas,,,,, o por las malas en el juzgado.
Para hacer escrituras, hay que hacer la herencia de los abuelos; para eso necesitaría certificado de defunción, certificado de últimas voluntade de sus abuelos; este último certificado le dirá si sus abuelos hicieron o no testamento; caso de no haber hecho testamento, deberán de tramitar acta de declaración de herederos, ante el notario de la localidad de donde residían los abuelos. El acta de declaración de herederos, por cada abuelo le puede salir entorno a los 150 o 200 euros por abuelo.
Una vez teniendo en su poder la documentación que le comento, es el momento de hacer la escritura de herencia; para ello solo dispondrá del catastro y debe de facilitar el ibi.
En cuanto al coste de la herencia es difícil decir con los datos que facilita, pero va a depender un poco de lo que haya que hacer y del valor de la finca; puede salirle por los mil euros, los mil quientos,,,,; si el valor de la finca no es muy alto, la escritura no debería de sobrepasar los 1500 euros, pero va a depender un poco de lo que haya que hacer, pues podría sobrepasarlo.
La escritura de herencia la pueden hacer donde quieran.
Una vez hecha la herencia, para poder pasar la finca por el registro de la propiedad deberán hacer un acta de inmatriculación, o esperar a venderla y entonces el comprador podrá inmatricular (la inmatriculación es el "nacimiento" de la finca en el registro, la primera inscripción de todas)

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