Casado en gananciales y sin testamento

En Madrid Fallece (1986) un hombre casado en primeras nupcias y sin dejar testamento. El matrimonio está en régimen de gananciales. A su muerte deja un negocio. La viuda tiene derecho al total de los beneficios que genera dicho negocio, ¿o tiene que repartirlos entre los herederos?

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Respuesta
Cuando se refiere a que lo tiene que repartir entre sus herederos, entiendo que estos herederos son los hijos de ese señor.
Si ese señor no tenía testamento y dejo hijos y viuda, a esta última le corresponde la mitad de los gananciales, y de la otra mitad tiene el usufructo de un tercio; es decir, que de forma objetiva le corresponde las ganancias de cuatro sextos; lo otros dos sextos serían de los hijos; todo a la espera de hacer la escritura de herencia.
En el momento en que se haga escritura, si no se ha hecho ya, el negocio entrará a repartirse igualmente, y los beneficios se repartirán en función de como se adjudique el mismo.
Reciba saludos cordiales.

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