Mi cuñada reclama parte de mi herencia universal.

Soy el heredero universal de mis padres. Si mi único hermano (sin hijos) muere (con cáncer en su última fase) antes que mis padres, su mujer dice que cuando mueran mis padres le corresponderá parte de la herencia de los mismos. Varios notarios e incluso uno de vuestros expertos (LourdesShm) me dijeron que no le correspondería nada, pero parece que hay una ley que aunque no se suele aplicar sí le da ese derecho. ¿Es cierto? Y si es así ¿Qué porcentaje le correspondería?.

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1/6 de los bienes ...
Muchísimas gracias por tu pronta respuesta. ¿Por qué dirán los notarios que no le corresponde nada? ¿Y eso siendo yo el heredero universal?.
¿Tendrían mis padres que poner la casa y sus ahorros a mi nombre antes de que mueran para que ella no pudiera cobrar nada o pedirle a mi cuñada que renuncie a su 1/6 parte cuando mis padres renuncien a la parte que les corresponde de la herencia de mi hermano (cuya heredera universal es mi cuñada) que también supongo será 1/6 parte?
A ver, en principio no le corresponde nada, y tienen razón los notarios, pero estamos hablando que en el hipotético caso de llevarlo a juicio, un juez puede determinar que le corresponda como máximo 1/6 de los bienes . o no, eso dependería del juicio .
Por último.
Pero un juez aplicará la ley ¿no? Y si la ley dice que no le corresponde nada...
Por lo tanto, para asegurarse de que ella no reciba su parte legal cuando mueran mis padres, ¿podría hacerle firmar su renuncia en el momento que mis padres (o yo como su representante con todos los derechos) renuncien a la parte de la herencia de mi hermano o simplemente sería mejor transferir todos los bienes de mis padres a mi nombre para que no haya nada que heredar ni repartir con mi cuñada?
A ver, el juez aplica la ley pero la ley no es blanco o negro, depende como se enfoque siempre son grises y dos casos iguales pueden tener distintos resultados, por eso no la puedo decir algo a ciencia cierta 100x100 .
Puede hacer una renuncia ante notario cuesta unos 40 euros .
Si su cuñada no tiene intención de pedir la herencia por vía judicial no tiene porque preocuparse .
Para poder ponerle os bienes a su nombre debe de ser donación . y por tanto hay que pagar un 8 x 100 de lo que cueste los bienes a hacienda ... por eso nadie lo hace

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