Consulta sobre Herencia

Buenas tardes,
Mi padre ha fallecido en diciembre del año pasado, en su día él recibió una herencia de sus padres, le correspondió el 50% del piso de sus padres (el otro 50% para su hermano) y el 50% de unas tierras (el otro 50% para su hermano).
Después él compro a su hermano el 50% del piso de sus padres. Todo esto, tanto la herencia como la compra de la mitad del piso de sus padres a su otro hermano, se hizo estando casada en gananciales con mi madre.
Ahora al fallecer mi padre, ¿mi madre tiene derecho sobre todo o solo sobre la mitad del piso que le compro a su hermano mi padre?.
Gracias y un saludo.
Respuesta
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Si sus padres se casaron en gananciales y no hay testamento, su madre tiene derecho a 1/4 de la casa (la mitad de lo comprado) y 2/4 del usufructo, ustedes (hijos) 3/4 de la nuda propiedad y 2/4 del usufructo. Si residía en un territorio con derecho foral específico, podría variar en algo el usufructo de su madre (no indica la residencia de la finada).
Ajaa, entiendo que me habla sobre el piso. Me queda claro. Sobre la tierra heredara por mi padre de sus padres, ¿le corresponde algo a mi madre?. Le hablada de la comunidad de andalucia.
Muchas gracias y un saludo.
Sobre el terreno:
... a su madre sólo le correspondería 1/3 del usufructo aplicado al 50% de propiedad de su padre (es decir, 1/6 del usufructo total) y nada de la nuda propiedad;
... y a los hijos (ud) la nuda propiedad del 50% que correspondía a su pare y 2/3 del usufructo sobre el 50% (o sea, 2/6 del usufructo total).
En resumen, les recomiendo que compensen económicamente a su madre por el usufructo y que adquiera/n directamente la propiedad del 50% del terreno proveniente de la herencia.

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