Valoración de herencia

Buenas noches,
Hace 7 años murió mi padre. Mi madre quedó como usufructuaria de los bienes. Se hizo una instancia (no escritura) y se valoraron (supongo que por hacienda) los bienes por 200.000 euros: 90000 euros un terreno y 110000 euros una vivienda.
El terreno era de mi padre y la vivienda bienes gananciales. Ahora ha fallecido mi madre y queremos vender la finca con la casa y estimamos que el valor de mercado puede ser 3 veces la valoración inicial.
Quería saber si se puede realizar otra valoración, que se ajuste a los precios de mercado, y no tener que pagar por unas abultadas plusvalías. Cuando murió mi padre no se pagó nada por sucesiones porque en Cantabria estaba exento. Ahora hay exenciones para los herederos directos: 99% hasta 175.000 euros, 95% hasta 250.000 y 90% hasta 320.000 euros.
Si se pudiera hacer una valoración nueva, superior a la inicial:
¿Habría qué pagar algún tributo, por la diferencia entre la inicial y la actual?
¿Seguiría exenta la parte de mi padre por haber pasado más de 5 años desde su muerte?
Gracias anticipadas y un saludo.

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Yo creo que no habría ningún problema en valorar ahora con arreglo al precio de mercado la hacer las escrituras de herencia de sus padres. En definitiva, al hacer la herencia, en cuanto a la del padre, pueden indicar que está prescrita sin más y no tendrían que pagar impuesto de sucesiones y, además, se evitarían las plusvalías.
Buenas tardes,
En primer lugar muchas gracias por su respuesta.
Quería añadir un matiz que yo mismo desconocía y que creo cambia la situación. Después del fallecimiento de mi padre se liquidó el impuesto de sucesiones con las valoraciones que he comentado y sin resultar CUOTA debido a las reducciones previstas en el artículo 1 Ley de Cantabria 11/2002 de 23 de diciembre.
Debido a que se liquidó el impuesto de sucesiones, ¿las valoraciones que se hicieron del terreno y de la mitad de la casa se deben tomar como valor de adquisición de estos bienes?
En el borrador que me ha presentado el notario se hace valoración del terreno y de la casa nuevamente, ¿es correcto esto, o sólo se debería valorar la casa?
Muchas gracias por su ayuda y un saludo.
Le insisto en lo anterior, creo que pueden uds. establecer como valor de adquisición el valor de mercado actual. Yo creo que una instancia privada para liquidar el Impuesto de sucesiones no les vincularía en el futuro.
Creo que el notario lo hace correctamente.
Sin otro particular reciba un cordial saludo.

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