Compra piso dinero privativo:¿Pierdo dinero luego?

Tengo otra duda sobre mi pregunta del otro día, por lo que resumo e intento explicar lo más importante del caso brevemente, por si alguna otra persona que no lo leyera el otro día, quisiera estar un poco más informado:
Poseo un piso en herencia y si lo vendo, compraría una vivienda nueva junto a mi pareja con ese dinero. Puesto que la vivienda nueva es de mayor importe que el que me darían por el inmueble heredado, hipotecaríamos el resto del importe. El caso es si, en un futuro nos separamos (tanto si nos casamos como si no), supongo que venderíamos el piso. En ese caso, como las viviendas de segunda mano se suelen vender más rebajadas para asegurarse la venta, quería saber si, habiendo yo comprado dicha vivienda con un dinero privativo, ¿tengo derecho a la misma cantidad que puse para dicha compra aun rebajando el precio de la misma?
Respuesta
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Demasiadas preguntas te vas contestando olvidando las más importantes en el tintero.
¿Y si tienes hijos y tu ex pareja, en el proceso de divorcio, solicita y se le concede judicialmente el usufructo de la vivienda?. ¿Te casarías bajo que régimen económico? ¿Si sois pareja de hecho, inscribiríais el el registro correspondiente tal unión?.
Respecto al dinero privativo para compra, si adquieres una vivienda y no se encuentra registrada y abonada al 100% antes del matrimonio o de que comience la unión de hecho, el 50% será de tu mujer o pareja.
Puedes hacer capitulaciones matrimoniales ante el notario que te explicará con todo detalle los escollos que puedes encontrarte.
Si no tienes más cuestiones, ruego cerrar la pregunta y valoración
Aclaro algunas cosas:
Soy mujer, de momento no queremos hijos, haríamos separación de bienes y supongo que, si compráramos la vivienda, nos casaríamos después. Esas son mis intenciones. ¿Serían las correctas?
Gracias y saludos.
Tus intenciones, son respetables y legítimas desde cualquier punto de vista.
Las cuestiones legales, tienen tratamientos diferentes. Te indico lo que señalé anteriormente. Si adquieres una vivienda con dinero privativo y no se encuentra registrada y abonada al 100% antes de que comience el matrimonio o la unión de hecho registrada en el organismo competente, el 50% será de tu pareja, seas hombre o mujer.
Para digamos "asegurarte" un posible rescate de lo que tu has aportado en la adquisición de la vivienda en caso de ruptura de la pareja -sea matrimonial o de hecho-, creo que lo más correcto sería acudir a las capitulaciones matrimoniales realizadas ante notario.
Si no hay más cuestiones, ruego cerrar la pregunta y valoración.

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