Rehipoteca ganancial o privativa
Mi duda es si una rehipoteca sobre la vivienda habitual se considera ganancial o privativa.
Antes de casarme, en régimen de gananciales, compré una vivienda con un préstamo hipotecario que estuve pagando durante mis años de soltero y continúo pagando actualmente con dinero entiendo que ganancial. Hasta ahí supongo que la parte pagada antes del matrimonio es privativa mía y la parte pagada durante el matrimonio corresponde a la sociedad de gananciales (aunque realmente el único ingreso familiar ha procedido únicamente siempre de mi nómina y eso podría ser una cuestión que se podría alegar a la hora de una posible liquidación de la sociedad de gananciales, pero eso sería otra historia).
Meses antes de casarme, pedí al banco otro préstamo que según literal de la escritura es un "préstamo con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual, destinado a la adquisición de otra vivienda". Ese dinero prestado lo doné, con su escritura notarial de donación de por medio, a mi madre, para que ella se comprara una vivienda que tiene inscrita a su nombre y libre de cargas, como compensación a que ella abandonó la vivienda donde vivíamos para que nos estableciéramos mi mujer y yo tras la boda.
Dicho préstamo lo empecé a pagar antes de casarme, y tras la boda estoy pagando dos letras mensuales, una por cada préstamo (el hipotecario y el segundo préstamo mencionado). Por tanto los préstamos no están reagrupados en uno, sino que son distintos. De hecho, por el primer hipotecario me desgravo en el IRPF pero por el segundo no.
La pregunta es: los pagos de ese segundo préstamo, al no estar destinado a la vivienda habitual del matrimonio y haber empezado antes del matrimonio ¿se considera de la sociedad de gananciales o privativo mio?
Si necesitan alguna aclaración adicional esté encantado de proporcionarla.
Antes de casarme, en régimen de gananciales, compré una vivienda con un préstamo hipotecario que estuve pagando durante mis años de soltero y continúo pagando actualmente con dinero entiendo que ganancial. Hasta ahí supongo que la parte pagada antes del matrimonio es privativa mía y la parte pagada durante el matrimonio corresponde a la sociedad de gananciales (aunque realmente el único ingreso familiar ha procedido únicamente siempre de mi nómina y eso podría ser una cuestión que se podría alegar a la hora de una posible liquidación de la sociedad de gananciales, pero eso sería otra historia).
Meses antes de casarme, pedí al banco otro préstamo que según literal de la escritura es un "préstamo con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual, destinado a la adquisición de otra vivienda". Ese dinero prestado lo doné, con su escritura notarial de donación de por medio, a mi madre, para que ella se comprara una vivienda que tiene inscrita a su nombre y libre de cargas, como compensación a que ella abandonó la vivienda donde vivíamos para que nos estableciéramos mi mujer y yo tras la boda.
Dicho préstamo lo empecé a pagar antes de casarme, y tras la boda estoy pagando dos letras mensuales, una por cada préstamo (el hipotecario y el segundo préstamo mencionado). Por tanto los préstamos no están reagrupados en uno, sino que son distintos. De hecho, por el primer hipotecario me desgravo en el IRPF pero por el segundo no.
La pregunta es: los pagos de ese segundo préstamo, al no estar destinado a la vivienda habitual del matrimonio y haber empezado antes del matrimonio ¿se considera de la sociedad de gananciales o privativo mio?
Si necesitan alguna aclaración adicional esté encantado de proporcionarla.
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Respuesta de dixen_eu