Reclamar dinero de una casa heredada

Me fui a vivir a una casa que era propiedad de mi abuela y la cual tenia un embargo por no pagar la contribución y comunidad por lo cual pagué una importante cantidad para levantar ese embargo, al poco mi abuela murió y dejó en herencia la casa a partes iguales a mi madre y a mi tía,(esta también como disfrutaría de la casa durante 15 años) por lo cual tuve que deshalojar la casa por que mi tía no queriía que viviera allí. ¿Puedo reclamar el dinero pagado de ese levantamiento de embargo que hice a mi tía?

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De conformidad con el párrafo primero del art. 395 del Código Civil, que establece lo siguiente:"Todo copropietario tendrá derecho para obligar a los partícipes a contribuir a los gastos de conservación de la cosa o derecho común", entiendo que si, porque el levantamiento de la traba a la que hace referencia, es un gasto de conservación además en sentido estricto puro y duro, ya que en caso de impago, la hubiern perdido.
Ahora bien, usted sobre la vivienda no tenía más que el uso y disfrute de ella, no la nuda propiedad que pertenecía y pertenece en proindiviso a su madre y a su tía.
Tendrá que ser en cualquier caso su madre la que le reclame a su hermana, el reintegro de la mitad de los gastos originados con motivo del embargo, pero adicionándole la mitad de un precio que habrá de ser estimado por el tiempo que usted estuvo de alquiler en dicha vivienda. A dichas operaciones igualmente habrá de sumársele la mitad del importe de ese alquiler mensual estimado que usamos para calcular el suyo, multiplicado por los 15 años que estuvo su tía haciendo uso del bien.
Para poder gestionar correctamente este asunto si no existiera buena disposiòn de ánimo por parte de su tía, tendrán que contratrar los servicios de un abogado para que se le gestionara y llegado el caso, judicialice el mismo.
Ruego cierre pregunta y valoración
Yo estuve viviendo en la casa dos años(2006-2008):Mi tía es disfrutaría durante quince años a partir de la muerte de mi abuela en el 2007, aun es disfrutaría. También quería aclarar que el levantamiento de embargo lo pagué yo, no mi madre, ¿debería igualmente ser mi madre la que reclame lo que usted dice? Gracias
Su tía es usufructuaria del bien.
Ya se que fue usted quien eliminó la traba del bien, pero jurídicamente en este inmueble no tiene tiene parcipación alguna, salvo lo que se podría denominar una "expectativa razonable" pero la misma no existe en puridad de derecho.
La única vía posible de reclamación hacia su tía lo es por medio de su madre, pero le recuerdo que le indiqué que hay que detraer de la cantidad un precio estimado del "alquiler" que tendría que haber abondado por hacer uso de la vivienda.
Ruego cierre y valore

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