No dice algo que es de suma importancia, pero intentaré contestarle.
Imagino que sus abuelos están casados en gananciales y que todas las propiedades que tienen son adquiridas en el matrimonio, con lo que todo entra en gananciales.
Por ello, el abuelo es dueño de la mitad y la abuela de la otra mitad.
Es decir, que hay dos herencias: La del abuelo y la de la abuela.
Todo esto, sin contar con que haya propiedades privativas de alguno de los dos. Que sean solo suyas.
Pero eso se puede ver en el registro de la propiedad pidiendo notas simples, y verán si son de los dos o si cada uno es propietario en solitario de alguna propiedad.
Repito que casados en gananciales la mitad de cada piso o propiedad, es de cada uno.
Solo son privativos los bienes adquiridos si están casados en separación de bienes, los que fueran de cada uno antes de casarse, o los recibidos en herencia, por cada uno.
Por otro lado, eso de que tienen el testamento hecho del uno para el otro... Pues NO.
Eso no es legal.
Pero hay muchísimas personas como usted que creen eso del "uno para el otro".
Eso no es así.
Un marido no puede dejar la herencia a su esposa y viceversa si hay hijos.
Porque por ley, los hijos tienen derecho a la legítima, que son dos tercios de la herencia.
O sea, que léanse bien el testamento.
Lo que pasa es que muchas veces en los testamentos, los cónyuges se dejan mutuamente el USUFRUCTO.
Pero usufructo no es propiedad. Solo es derecho a goce y disfrute.
El usufructo desaparece en el momento en que fallecen los usufructuarios.
Los propietarios son los hijos, pero al haber usufructo se llaman "NUDOS propietarios".
Cuando el usufructuario fallece, se pasa a ser propietarios, (Ya no son nudos propietarios).
¿Pagar?
Pues su suegra no tiene que pagar nada por todo lo que tiene.
Se pagan impuestos por lo que se recibe.
Así que cuando su suegro fallezca, dejará una herencia (su herencia),
Y cuando su suegra fallezca dejará su herencia. De lo suyo.
Son dos herencias diferentes, aunque coincidan en los mismos bienes.
Por ejemplo, un piso en gananciales: La mitad es de su suegro y la mitad es de su suegra.
Cuando fallezcan, hay dos herencias: Una la del suegro (su mitad) y otra la de la mitad de la suegra.
Lógicamente, al fallecer uno, los herederos han de hacerse dueños de esa herencia.
Han de aceptarla ante notario firmando el cuaderno particional, que es la escritura de aceptación y reparto de herencia.
Con esa escritura se va y se pagan los impuestos de sucesiones y se llevan a los bancos a cobrar el dinero y al registro de la propiedad a que inscriban las propiedades a nombre de los nuevos propietarios.
Creo que he contestado a todo, pero si le queda alguna duda, me lo dice.
Un saludo y si no va a añadir más, le ruego me FINALICE LA PREGUNTA para que se me quede libre.
Hasta otra.