¿Sería apropiación indebida vaciar cuenta de fallecido por el otro cotitular?

Mi tío viudo falleció hace unos meses. Tenía de cotitular en su cuenta bancaria a la señora que lo cuidaba (no es familiar ni era pareja de mi tío).

Mi tío hizo testamento a favor de sus dos hijos (únicos herederos).

Cuando mis primos van a comprobar el dinero que había en la cuenta descubren que la cuidadora ha extraído más de 15.000 euros tras el fallecimiento de mi tío y cancelado la cuenta bancaria.

Los hijos pueden probar que el 100% del dinero era del fallecido (su pensión) y la cotitular no ha aportado nunca nada (se solicitó extracto bancario desde 2011), sólo retiraba todos los meses cantidades periódicas, y tras la muerte de mi tío, extrajo lo que quedaba en la cuenta. El banco no fue notificado del fallecimiento porque ella no lo hizo y mis primos no sabían que tenía esa cuenta y cuando le han reclamado a ella el dinero, ha dado la callada por respuesta.

En el banco les dicen que ella tienen derecho al 50% del capital, ¿es eso cierto en estas circunstancias? ¿Prosperaría una demanda contra esta señora por el 100% del capital de esa cuenta? ¿Es delito lo que ha hecho?

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En teoría tendría derecho al 50 por ciento, ahora si existen pruebas de lo que dice, de que la cuenta era con aportaciones unicamente de su tío, pueden reclamar el 100 por cien.

Si existen pruebas es factible dicho requerimiento.

En cuanto al delito tendríamos que estudiarlo detenidamente según circunstancias.

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