Cuando una herencia se complica...

Una herencia normal en principio, después surge que uno de los herederos quiere renunciar a favor de sus hijos (débito a hacienda), vale, pero es que uno de los hijos tiene disminución siquica, pero el padre quiere hacerla pasar por capacitada (y eso se ve)

Por otro lado hermano tutor se niega a dar las cuentas a los herederos (mi marido), se las reclamo sin que me las presente, yo quiero acceder a todo extracto bancario si existe la posibilidad más de un año. Sospecho que falta dinero ante su negativa de ofrecérmelas (un dato, su esposa que no es tutora cuenta como autorizada y eso me sorprende). Tampoco creo que se presentaran informes anuales de rendimientos de cuentas ante ningún juzgado.

Como puedo acceder a esos extractos bancarios que se nos niegan, creo que tenemos derecho a saber, tampoco nos dice con que saldo contaba mi suegra cuando se hicieron cargo, ningún dato, nada, la tutelan hace por lo menos 10 años y mi suegra murió el pasado agosto.

Yo he pensado reclamarlas vía judicial, creo que en fiscalía, ¿pero cómo? ¿

También puedo requerir al deudor para que acepte y renuncie de una vez, o informar a hacienda, pero antes desearía poder ver los extractos bancarios.

A ver si alguien me sugiere cuales son los pasos a seguir o me aconseja al respecto

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Tras un fallecimiento tienen que conseguir:

1º- Certificado ORIGINAL DE DEFUNCIÓN.

Pueden conseguirlo en el registro civil y en la funeraria que hizo el sepelio.

Esto certificado es gratis.

2º- Con ese certificado van a la secretaría del ministerio de justicia de su ciudad y piden el CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES. También gratis.

En este certificado dice cual es el testamento válido.

Van al notario que indique y presentando los dos certificados mencionados, les darán copia del testamento, y se lo leen en casa. Los notarios no tienen porqué ni localizar a los herederos, ni reunirlos a todos para leerles el testamento.

Una vez tengan las tres cosas, han de reunir toda la información sobre lo que ha quedado en herencia:

Certificados bancarios de saldos al día del fallecimiento.

Notas simples y recibos del IBI de las propiedades

Cualquier otra documentación sobre lo que se hereda.

Con los dos certificados mencionados y con el testamento, cualquiera de los herederos tiene total derecho a recibir información.

Puede ir al banco y pedir saldos y movimientos de la cuenta.

Tenga en cuenta que el derecho del heredero nace en el mismo momento en que fallece el causante.

Por tanto, es desde esa fecha cuando tiene derecho a toda la información.

Pero no a la anterior al fallecimiento.

Como muchas veces los empleados del banco no conocen bien las leyes, pueden pedir información anterior, (a ver si cuela). Pero no están obligados a dársela.

Por otro lado, tenga en cuenta que una herencia es lo que deja una persona JUSTO en el momento de fallecer.

Por lo que lo anterior no es reclamable, salvo casos de extrema importancia.

Los bancos, están obligados por la ley a bloquear las cuentas de un fallecido y dejar los saldos a disposición de los herederos.

El problema es que no están obligados a enterarse.

En un pueblo paqueño, donde todos se conocen y a lo mejor, hasta el mismo director del banco asiste al entierro, es fácil enterarse, pero en una ciudad grande ya es más dificil. Prácticamente imposible.

Por eso no pueden evitar que una persona que esté autorizad< en la cuenta, saque el dinero tras el fallecimiento.

Porqure una persona deja de estar autorizada justo en el momento en que fallece quien le dió la autorización.

Incluso aunque fuera apoderada notarialmente, esos poderes pasan a ser nulos.

Si alguien con poderes o autorización saca dinero tras el falle cimiento, está cometiendo un delito PENAL, de apropiación indebida.

Así que su marido, no necesita que nadie le de las cuentas.

Puede pedirlas él, con los certificados mencionados y el testamento.

Igual no me he explicado bien, dejando aparte la primera parte donde menciono al cuñado deudor, la segunda parte es la que mas me interesa.

Imaginese dos hermanos con sus respectivas esposas se hacen cargo de señora mmayor con alzehimer, uno de ellos desea ser tutor, y por cercania con la persona enferma y porque en principio nos parecio que obraria bien, se accede.

Las dos familias compartimos el cuidado de la mujer, a pesar de la lejania geografica, ellos en Barcelona y nosotros en mallorca.

Durante ocho años la cuidamos a intervalos de 4 meses, pero solo a la enferma y jamas las cuentas que permanecian con el tutor (es lo correcto).

Durante todo este tiempo no pedimos rendir cuentas (confiabamos), despues señora mayor ingresa en una residencia en barcelona (seguimos confiando). Y despues de 4 años la señora fallece, Es madre de los dos.

Es entonces cuando tras ver el saldo que queda, no nos cuadran los numeros y observamos irregularidades, entre ellas el que ellos no quieren presentarnos extractos (por lo que pensamos que algo a podido desaparecer y no sera poco cuando ocultan con tanta intensidad), ademas mi cuñada aparece en el banco como autorizada cuando ni es tutora ni se nos consulto.

Ni un solo papel que demuestre que han cumplido con la rendicion de cuentas anual a un juzgado, ni por supuesto nada de nada, ni papeles por cuanto se pagaba por residencia, ni contratos de alquiler del piso de mi suegra, ni pagas por incapacidad o pension, ni por supuesto los extractos que a pesar de tener todos los papeles que citas me quiere dar el banco, ya que mis cuñados figuran como titular.

Es decir, un tutor hijo puede hacer lo que le parezca con el patrimonio liquido?¿. No tengo derecho a saber de movimientos anteriores?¿, por que lo que me ofrece el notario es los mmovimientos de tan solo dos meses atras despues de la muerte de mi suegra.

Ante el  tutor  y su esposa estamos indefensos¿?

Perdon si me extiendo

Verá. En las herencias, por desgra cia, suele pasar el que alguno quiera adueñarse de lo que no es suyo.

Ya solo por pedir algo a lo que tienen derecho, ya han roto la relación familiar.

Nunca volverán a ser una familia.

Siento ser tan crudo, pero la vida es así.

Por tanto, le aconsejo que contrate un abogado.

Es muy dificil aconsejarle algo más, sin tener acceso a documentos y datos exactos.

Pero por lo que dice, está claro que no le quieren dar información, por lo que se ve que sus intenciones no son del todo honestas.

Repito que sin datos, documentos, ... etc, es dificil aconsejarle.

Mejor contrate abogado y verá como las cosas cambian.

Un saludo.

Curiosamente anoche recibí dos años de extractos de mi cuñado, en dos años le han soplado la friolera de 14.000, aparte de que tengo sosoechas de que desaparecieron otros 15.000 del inventarii inicual.

Les he preguntado a que se deben esos reuntegros de 4000,3000,3000...(no he preguntado por los reintegros razonables), la respuesta ha sido que por ir a visitarla a la residencia 4 veces al mes.

Imagino que se han cobrado por encima de lo normal, ¿o un tutor cobra 14000 en dos años por visitar a la que además es su madre?

Pues tengo que contestarle lo mismo que en mi anterior respuesta.

Contraten un abogado.

Viendo documentos, (que yo no puedo ver), siendo testamentos (que yo no puedo ver), viendo los extractos bancarios (que yo no puedo ver)... etc... etc... es con lo que un abogado podrá reclamar.

En principio, si me pide mi opinión, le digo lo que ya le dije.

Suele pasar que alguien quiere aprovecharse de los otros herederos.

Pero si ha cometido un delito, se le puede demandar.

Pero con pruebas. Documentos, y tal.

Vayan a un abogado, que lo vea todo (yo no puedo verlo), y les dará la solución.

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